Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFÍCASE CONVENCIÓN PARA
PREVENIR Y SANCIONAR ACTOS DE TERRORISMO CONTRA LAS PERSONAS Y LA
EXTORSIÓN QUE TENGA TRASCENDENCIA INTERNACIONAL.
Decreto No. 2 de 30 de Junio de 1971
Publicado en La Gaceta No. 163 de 22 de Julio de 1971
El Presidente de la República,
Decreta:
Primero.-Ratificar la "Convención para Prevenir y Sancionar
los Actos de Terrorismo Configurados en Delitos Contra las Personas
y la Extorsión Conexa cuando estos tengan trascendencia
Internacional", suscrita en Washington, D.C., el 2 de febrero de
1971, durante el Tercer Período Extraordinario de Sesiones de la
Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos.
Segundo.-Expedir el correspondientes Instrumento de
Ratificación para su deposito en la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos.
Comuníquese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, treinta
de junio de mil novecientos setenta y uno.- A. Somoza.- El
Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Lorenzo
Guerrero".
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