Ratificase Contrato De Prestamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFÍCASE CONTRATO DE PRÉSTAMO DECRETO No. 98, Aprobado el 1 de Julio de 1985 Publicado en La Gaceta No. 130 del 10 de Julio de 1985 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.-Se ratifica en todos y cada una de sus partes, el contrato de préstamo otorgado por el Gobierno de Austria a la República de Nicaragua por la suma de Setenta y dos Mil Millones de Chelines Austríacos, para financiar la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de Nicaragua, suscrito el 23 de Mayo de 1985. Artículo 2.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos anuales de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los un días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la Paz,Todos contra la Agresión."- DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. -