Ratificar Resolución

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFICAR RESOLUCIÓN Decreto No. 308 de 14 de Febrero de 1988 Publicado en La Gaceta No. 44 de 3 de Marzo de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA De conformidad con el Artículo 150, Inco. 4 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, En uso de sus facultades, Decreta: Arto. 1.- Ratificar la resolución dictada por el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua el día catorce de Febrero del año en curso, identificada con el número CD-BCN-IX-1-88 la cual dice: El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del Artículo 9 del Decreto No. 268 publicado en La Gaceta del 8 de Junio de 1987: Resuelve: "Excluir totalmente de la aplicación de la tasa de estabilización monetaria las importaciones que se efectuaron a partir de esta fecha de todos los bienes afectados por la tasa establecida en el Decreto 268 publicado en La Gaceta, Diario Oficial del 8 de Junio de 1987". Arto. 2.- El presente Decreto entra en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los catorce días del mes de Febrero del año de mil novecientos ochenta y ocho. "Por una Paz Digna, !Patria Libre o Morir!" Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República. -