Ratificar El Nuevo Convenio Consultivo Del Centro De Coordinaciòn Para La Prevenciòn De Los Desastres Naturales En América Central (Cepredenac)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - RATIFICAR EL NUEVO CONVENIO CONSULTIVO DEL CENTRO DE COORDINACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LOS DESASTRES NATURALES EN AMÉRICA CENTRAL (CEPREDENAC) DECRETO No. 088-2004, Aprobado el 13 de Agosto del 2004 Publicado en La Gaceta No. 169 del 30 de Agosto del 2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que el día 3 de septiembre del año 2003, fue suscrito en la ciudad de Belice, República de Belice, el Nuevo Convenio Constitutivo del Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central (CEPREDENAC). II Que la Asamblea Nacional aprobó el mencionado Convenio mediante Decreto numero 3924, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 134 del 9 de Julio del año 2004. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL NUEVO CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO DE COORDINACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE LOS DESASTRES NATURALES EN AMÉRICA CENTRAL (CEPREDENAC) Artículo 1.- Ratificar el Nuevo Convenio Constitutivo del Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central (CEPREDENAC), suscrito en la ciudad de Belice, República de Belice, el día 3 de septiembre del año 2003. Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante la Secretaria General del Sistema de Integración Centroamericana, de conformidad con el Artículo 18, del referido Convenio. Artículo 3.- El represente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el trece de Agosto del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -