Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICAR EL CONVENIO
INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LOS ATENTADOS TERRORISTAS
COMETIDOS CON BOMBAS
DECRETO No. 61-2002, Aprobado el 18 de Junio del 2002
Publicado en La Gaceta No. 121 del 28 de Junio del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDOQue por Decreto de la Asamblea Nacional No. 3244, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 38 del 25 de febrero del año dos mil
dos, fue aprobado el Convenio Internacional para la Represión de
los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRET OArtículo 1.- Ratificar el Convenio Internacional para la
Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas,
aprobado por la Asamblea Nacional por Decreto No. 3244, publicado
en La Gaceta, Diario Oficial No. 38 del 25 de febrero del año dos
mil dos.
Artículo 2.- Expedir el Instrumento de Ratificación para su
depósito en el Organismo correspondiente.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciocho de
Junio del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente
de la República de Nicaragua .
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