Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICADO EL ACUERDO DE
CIRCULACIÓN CENTROAMERICANO
DECRETO No. 8, Aprobado el 11 de Marzo de 1959
Publicado en La Gaceta No. 67 del 20 de Marzo de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
PRIMERO. Ratificar el Acuerdo Centroamericano sobre
Circulación por Carretera y sus Tres Anexos, suscrito en la ciudad
de Tegucigalpa, D. C., capital de la República de Honduras, el día
10 de Junio de 1958.
SEGUNDO. Expídase el correspondiente Instrumento de
ratificación para ser depositado en la Secretaría General de la
Organización de Estados Centroamericanos según lo dispuesto en el
artículo 64 de dicho Acuerdo.
Comuníquese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, once
de Marzo de mil novecientos cincuenta y nueve. LUIS A. SOMOZA
D. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGUELLO.
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