Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
RATIFICACION RESOLUCIONES No.
AG-7181 Y AG-8182 DEL BCIE
Decreto No. 958 de 4 de febrero de 1982
Publicado en La Gaceta No. 38 de 16 de febrero de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que la Asamblea de Gobernadores del Banco Centroamericano de
Integración Económica (BCIE), en su Vigésima Reunión Ordinaria
efectuada en San José, Costa Rica, el veintinueve de mayo de mil
novecientos ochenta y uno, en su Resolución No.AG-7/81, acordó
establecer dentro del Banco, con un patrimonio independiente y
separado de su patrimonio general, un Fondo Centroamericano del
Mercado Común destinado a financiar a los Bancos Centrales de los
países miembros los saldos deudores resultantes de las
liquidaciones efectuadas por la Cámara de Compensación
Centroamericana.
II
Que en su Resolución No. AG-8/82 los Gobernadores del mismo Banco,
en su Reunión Ordinaria Vigésima Primera celebrada en Tegucigalpa,
Honduras el once de enero del corriente año acordó hacer aportes
especiales al Fondo Centroamericano del Mercado Común, por el
equivalente de US$100.0 millones, pagaderos en partes iguales por
los estados miembros, en sus respectivas monedas.
III
Que el Fondo Centroamericano del Mercado Común viene a satisfacer,
en las actuales circunstancias, necesidades perentorias para poder
mantener el flujo del comercio intercentroamericano.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Acuerda:
Artículo 1.-Ratificar las Resoluciones No. AG-7/81 y AG-8/82
de la Asamblea de Gobernadores del BCIE, mediante las cuales se
crea el Fondo Centroamericano del Mercado Común y se resuelve hacer
aportes especiales al mismo, por el equivalente de US$100.0
millones, pagaderos por los estados miembros en partes iguales en
sus respectivas monedas nacionales.
Artículo 2.-Autorizar al Banco Central de Nicaragua, de que
en su oportunidad, conforme con los términos de la Resoluciones
citadas, efectúe dichos aportes.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de febrero
de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
-