Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACION DEL TRATADO SOBRE
PROTECCIÒN DE MUEBLES DE VALOR HISTORICO
Aprobado el 5 de Junio de 1935.
Publicado en La Gaceta No. 125 del 6 de Junio de 1935.
JUAN BAUTISTA SACASA,
Presidente de la República de
Nicaragua,
POR CUANTO el día quince de julio de mil novecientos treinta
y cuatro fue depositado en la Oficina de la Unión Panamericana, en
la cuidad de Washington, un Tratado sobre la Protección de Muebles
de Valor Histórico, que quedo abierto a las formas de los Estados
miembros de la Unión, destinado a procurar el conocimiento,
protección y conservación de los monumentos muebles precolombinos,
coloniales y de la época de la emancipación y de la república que
existen en cada uno de dichos Estados mediante medidas de
cooperación;
POR CUANTO el Presidente de la República en el acuerdo
del tres de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro concedió
su aprobación a dicho Tratado y ordenó que fuera sometido al
conocimiento del Congreso Nacional para los fines
constitucionales;
POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la
República ratificaron el mencionado Tratado en Decreto del
veintiséis de febrero de mil novecientos treinta y cinco,
sancionado por el Poder Ejecutivo el veintisiete del propio mes y
año;
POR TANTO:
RATIFICO y confirmo todas y cada una de las clausulas de que
consta el Tratado de referencia, y expido el presente instrumento
para los fines de su depósito en la Unión Panamericana, incluyendo
los números 119 y 120 de La Gaceta Oficial de la República,
correspondientes al 29 y 31 de mayo de este año, en que aparece
publicado el Tratado.
Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la
Nación, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio del Ejecutivo,
a los cinco días del mes de junio de mil novecientos treinta y
cinco. (L.S.) JUAN B. SACASA. EL Ministro de Relaciones Exteriores,
(L.S.) LEONARDO ARGUELLO.
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