Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
RATIFICACIÓN DEL TRATADO
ANTI-BÈLICO SUDAMERICANO.
Aprobado el 10 de Mayo de 1935.
Decreto Ejecutivo. Publicado en La Gaceta No. 115 del 24
de Mayo de 1935.
JUAN BAUTISTA SACASA,
Presidente de la República de
Nicaragua,
POR CUANTO el día diez de octubre de mil novecientos treinta
y tres se firmo en la cuidad de Río de Janeiro un Tratado
Antibélico de No agresión y Conciliación entre las Repúblicas de la
Argentina, Estados Unidos del Brasil, Chile, México, Paraguay, cuyo
texto se publico en los números noventa y siete, noventa y ocho,
noventa y nueve, cien y ciento uno de la Gaceta Oficial de
Nicaragua, correspondientes a los días dos, tres, seis, siete y
ocho de mayo del corriente año de mil novecientos treinta y cinco;
POR CUANTO el Presidente de la República dictó el acuerdo
del quince de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro, a
virtud del cual adhirió a dicho Tratado, remitiéndolo al
conocimiento del Congreso Nacional para los fines de ley;
POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la
República aprobaron la adhesión del Presidente a dicho Tratado por
Decreto del ocho de febrero del corriente año, sancionado por el
Poder Ejecutivo el día quince del propio mes de año;
POR TANTO:
Ratificó y confirmo la adhesión de la República de Nicaragua a
todos y cada uno de los artículos de que consta el Tratado de
referencia, y expido el presente instrumento para los fines de su
depósito en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República
Argentina, conjuntamente con cinco ejemplares de la Gaceta Oficial
del mes de mayo de este año, en que aparece publicado el referido
Tratado.
Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la
Nación, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio del Ejecutivo,
a los diez días del mes de mayo del mil novecientos treinta y
cinco. (f) JUAN B. SACASA. El Secretario de Estado en el
Despacho de Relaciones Exteriores, (f) LEONARDO
ARGUELLO.
-