Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO AL
CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN ARANCELARIO Y ADUANERO
CENTROAMERICANO
Decreto No. 12-93, Aprobado el 01 de Febrero de 1993
Publicado en La Gaceta No.22 del 01 de Febrero de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Considerando
I
Que los Presidentes Centroamericanos en la Declaración de
Puntarenas, realizada en Costa Rica en Diciembre de 1990,
decidieron instruir a los Ministros Responsables de la Integración
Económica y Desarrollo Regional, para que definieran una política
de convergencia arancelaria y aduanera centroamericana congruente
con las políticas de desarrollo regional de apertura externa,
procurando la modernización de los instrumentos en que se
ampara.
II
Que el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero
Centroamericano adoptó la NAUCA II, que constituye la clasificación
oficial de las mercancías que contiene el Arancel Centroamericano
de Importación, basada en la Nomenclatura del Consejo de
Cooperación Aduanera (NCCA).
III
Que mediante el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de las Mercancías se sustituyó a nivel
internacional a la NCCA por el Sistema Armonizado.
IV
Que al quedar en desuso la NCCA, los Artículos 2, 14 y 15 del
Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
necesitan ser modificados a fin de sustituir la NAUCA II por una
nomenclatura acorde con el Sistema Armonizado Internacional,
V
Que en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala el día nueve
de Enero de mil novecientos noventa y dos, los Ministros de
Economía de Centroamérica suscribieron el Protocolo al Convenio
sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, mediante
el cual se adopta la Nomenclatura del Sistema Armonizado como base
de la clasificación oficial de las mercancías, en sustitución de la
Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA),
Por Tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO AL CONVENIO SOBRE EL RÉGIMEN
ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO
Artículo 1.-Ratificar el Protocolo al Convenio sobre el
Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, suscrito en la
ciudad de Guatemala, República de Guatemala, el día 9 de Enero de
1992 por los Ministros de Economía de Centroamérica.
Artículo 2.-Expedir el correspondiente instrumento de
ratificación para su depósito ante la Organización de Estados
Centroamericanos (ODECA), de conformidad con los Artículos 5 y 6 de
dicho Protocolo.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin
perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, el día
primero del mes de Febrero de mil novecientos noventa y tres.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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