Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA
LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y PROTECCIÓN DE ÁREAS
SILVESTRES PRIORITARIAS EN AMÉRICA CENTRAL
DECRETO No. 49-95, Aprobado el 29 de Septiembre de
1995
Publicado en La Gaceta No. 198 del 23 de Octubre de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que el 5 de Junio de 1992 fue suscrito en esta ciudad por los
Presidentes de Centroamérica, en ocasión de la celebración de la
XII Cumbre de Jefes de Estado del Istmo Centroamericano el Convenio
para la Conservación de la Biodiversidad y Protección de Áreas
Silvestres Prioritarias en América Central.
II
Que el objetivo de este Convenio es conservar al máximo la
Diversidad Biológica, terrestre y costero-marina de la región
Centroamericana, para el beneficio de las presentas y futuras
generaciones.
III
Que la Asamblea Nacional aprobó el Convenio en mención por Decreto
número 1009 del 14 de Junio de 1995, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial número 123 del 3 de Julio del corriente año.
IV
Que el Gobierno de Nicaragua ha asumido desde su inicio la
protección del medio ambiente como una política nacional.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
RATIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA LA CONSERVACIÓN DE LA
BIODIVERSIDAD Y PROTECCIÓN DE ÁREAS SILVESTRES PRIORITARIAS EN
AMÉRICA CENTRAL
Artículo 1.- Ratificar el Convenio para la Conservación de
la Biodiversidad y Protección de Áreas Silvestres Prioritarias en
América Central, suscrito en esta ciudad el 5 de Junio de 1992 por
los Presidentes de Centroamérica en ocasión de la celebración de la
XII Cumbre de Jefes de Estado del Istmo Centroamericano.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación para su depósito en el Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República de Guatemala, de conformidad con el
artículo 41 del Convenio.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintinueve días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y
cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la
República de Nicaragua.
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