Ratificacion Del Convenio Internacional Con El Objeto De Asegurar Una Proteccion Eficaz Contra El Tráfico Criminal Conocido Bajo El Nombre De Trata De Blancas.
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACION DEL CONVENIO
INTERNACIONAL CON EL OBJETO DE ASEGURAR UNA PROTECCION EFICAZ
CONTRA EL TRÁFICO CRIMINAL CONOCIDO BAJO EL
NOMBRE DE TRATA DE BLANCAS.
Decreto Ejecutivo. Aprobado el 15 de Julio de 1935.
Publicado en La Gaceta No.158 del 19 de Julio de 1935.
JUAN BAUTISTA SACASA,
Presidente de la República de
Nicaragua,
POR CUANTO el día 18 de Mayo de 1904 los Gobiernos de la
Gran Bretaña, Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia,
Italia, Países Bajos, Portugal, Rusia, Suecia, Noruega y Suiza
suscribieron en Paris un Arreglo Internacional, con el objeto de
asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal conocido
con el nombre de Trata de Blancas, en cuyo artículo 7º se dispone
que los Estados no signatarios pueden adherir notificando su
adhesión al Gobierno francés por la vía diplomática;
POR CUANTO el Presidente de la República dictó el acuerdo
del 3º- de Noviembre de 1934, a virtud del cual adhirió a dicho
Arreglo y mandó someterlo al conocimiento del Congreso Nacional
para los fines constitucionales;
POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la
República aprobaron la mencionada adhesión en el Decreto del 26 de
Febrero del presente año, sancionado por el Poder Ejecutivo el
primero de Marzo siguiente;
POR TANTO:
Ratifico y confirmo la adhesión de la República de Nicaragua a
todos y cada uno de los artículos de que consta el Arreglo de
referencia, y expido el presente instrumento para los fines de su
depósito en el Ministerio de Negocios Extranjeros de la República
Francesa, conjuntamente con los números 149 y 150 de La Gaceta
oficial correspondiente a los días nueve y diez de julio de este
año, en que aparece publicado el texto de dicho Arreglo.
Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la
Nación y refrendado por el Secretario de Estado en el Despacho de
Relaciones Exteriores, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio
del Ejecutivo, a los quince días del mes de Julio de mil
novecientos treinta y cinco. (L.S) (F) JUAN B. SACASA.El Ministro
de Relaciones Exteriores, (L.S.) ( F) LEONARDO ARGUELLO.
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