Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL CONVENIO DE
CRÉDITO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA Y EL EXPORT IMPORT BANK OF
THE REPUBLIC OF CHINA
Decreto No. 114, Aprobado el 13 de Agosto de 1985
Publicado en La Gaceta No. 159 de 22 de Agosto de 1985
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.-Se ratifica en todas y cada una de las partes el
Convenio de Crédito con fecha 8 de Julio de 1985 entre el Banco
Central de Nicaragua y el "Export Import Bank of Republic of China"
de Taipei, República de China, hasta por tres millones de dólares
(US$3.000.000.00), pagaderos en un período de ocho (8) años con
treinta (30) meses de gracia e intereses del 7% sobre saldos
deudores y una comisión de compromiso de 1/4 del 1% anual sobre
saldos no desembolsados.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación, por cualquier medio de comunicación colectiva,
sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de Agosto de
mil novecientos ochenta y cinco.-"por la Paz, "Todos contra la
Agresión" DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República
de Nicaragua.
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