Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL CONVENIO
CONSTITUTIVO DEL CENTRO DE AGUA DEL TRÓPICO HÚMEDO PARA AMÉRICA
LATINA Y EL CARIBE (CATHALAC)
DECRETO No. 16-2012, Aprobado el 23 de Abril de 2012
Publicado en La Gaceta No. 86 del 10 de Mayo de 2012
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que el Convenio Constitutivo del Centro de Agua del Trópico Húmedo
para América Latina y El Caribe (CATHALAC), y la Declaración hecha
por la República de Nicaragua, suscritos por la República de
Nicaragua en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el trece de
julio del año dos mil diez, fue aprobado por la Asamblea Nacional
(Poder Legislativo), mediante Decreto A.N. No. 6754 a los ocho días
del mes de marzo del año dos mil doce, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 57 del veintitrés de marzo del presente
año.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE RATIFICACIÓN DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL CENTRO DE AGUA DEL
TRÓPICO HÚMEDO PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CATHALAC)
Artículo 1. Ratifíquese el Convenio Constitutivo del Centro
de Agua del Trópico Húmedo para América Latina y El Caribe
(CATHALAC), y la Declaración hecha por la República de Nicaragua,
suscritos por la República de Nicaragua en la Ciudad de Panamá,
República de Panamá, el trece de julio del año dos mil diez.
Artículo 2. Expedir el Instrumento de Ratificación para su
depósito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República de Panamá, de conformidad con lo establecido en el
artículo XIV del Convenio.
Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día veintitrés de Abril del año dos mil doce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Samuel Santos López, Ministro de Relaciones
Exteriores.
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