Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DE SUSCRIPCIÓN DE
CONTRATOS OTORGADOS POR EL MINISTRO DE FINANZAS
DECRETO No. 1280. Aprobado el 12 de Julio de 1983
Publicado en La Gaceta No. 164 del 16 de Julio de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETO:
Artículo1.- Ratifícase la suscripción de los Contratos
otorgados por el Ministro de Finanzas en representación de la
República de Nicaragua, para garantizar solidariamente las
obligaciones contraídas por Instituciones Nicaragüenses en los
contratos de Cesión de Créditos suscritos entre el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y:
1) Banco de América. Contrato por un Millón Ochocientos cincuenta y
cinco mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con treinta y dos
centavos (US$1,855,659.32).
2) Banco Nicaragüense. Contrato por Tres Millones Doscientos
Veintiséis Mil Ciento Cincuenta y Nueve Dólares con ochenta y siete
centavos (US$3,226,159.87).
3) Corporación Industrial del Pueblo (COIP). Contrato por Cuatro
Millones Seiscientos Cinco Mil Ciento Cuarenta y Seis Dólares con
diecisiete centavos (US$4,605,146.17).
4) Instituto Nicaragüense de Turismo (INTURISMO). Contrato por
Trescientos Noventa y Tres Mil Doscientos Cincuenta y Seis Dólares
con quince centavos (US$393,256.15).
Artículo 2.- Se exonera del pago del Impuesto de Timbres
Fiscales que causen las Cesiones de Crédito relacionadas en el
Artículo 1 de este Decreto.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigor desde el
momento de su publicación, por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de Julio de
mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA. - SERGIO RAMÍREZ MERCADO. - RAFAEL CÓRDOVA
RIVAS.
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