Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
No. 55-95 DEL CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO
CENTROAMERICANO
Decreto No. 41-95, Aprobado el 21 de Junio de 1995
Publicado en La Gaceta No. 120 del 28 de Junio de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que el Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, en uso de
las facultades que le confieren los artículos 6, 7, 12 y 26 del
Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
suscribió la Resolución No. 55-95, la cual reduce a 1% los Derechos
Arancelarios a la Importación (DAI) de una serie de mercancías
consideradas como Bienes de Capital;
II
Que es necesaria la reducción de los Derechos Arancelarios a la
Importación (DAI) de todas la mercancías consideradas como Bienes
de Capital, con la finalidad de contribuir a la modernización del
aparato productivo, que redunde en una reducción a los Costos de
Producción y por consiguiente de los precios al consumidor.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
RATIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN No. 55-95 DEL CONSEJO ARANCELARIO
Y ADUANERO CENTROAMERICANO
Artículo 1.- Ratificar la Resolución No. 55-95 del Consejo
Arancelario y Aduanero Centroamericano, la cual modifica los
Derechos Arancelarios a la importación (DAI), de los incisos
arancelarios del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) según se
presenta en el Anexo adjunto al presente Decreto, reduciéndolos al
1%.
Artículo 2.- Estas disposiciones se comunicarán a los
Gobiernos Centroamericanos y a la SIECA a efecto de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen
Arancelario y Aduanero Centroamericano.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintiún días del. mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de
Nicaragua.
ANEXO DEL DECRETO No. 41-95
Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 120 de 28 de junio de 1995,
páginas 2260-2283.
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