Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN
SOBRE ENSEÑANZA DE LA HISTORIA)
Aprobado el 10 de Julio de 1937
Publicado en La Gaceta No. 162 del 30 de Julio de 1937
ANASTASIO SOMOZA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
POR CUANTO:
El día veintiséis de diciembre de mil novecientos treinta y tres,
la Delegación de Nicaragua a la VII Conferencia Panamericana
suscribió en Montevideo, Uruguay, la Convención sobre Enseñanza de
la Historia, que consta de ocho Artículos;
POR
CUANTO:
El Poder Ejecutivo por Acuerdo de quince de noviembre de mil
novecientos treinta y cuatro, le concedió su aprobación y mandó
someterla al conocimiento del Congreso Nacional;
POR
CUANTO:
El Congreso Nacional ratifico dicha Convención en Decreto del
cuatro de febrero de mil novecientos treinta y siete, sancionado el
nueve de los mismos mes y año;
POR TANTO:
Ratifico y confirmo todos y cada uno de los artículos de que consta
la mencionada Convención sobre Enseñanza de la Historia, cuyo texto
aparece publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 8,
correspondiente al día treinta de abril de mil novecientos treinta
y siete; y prometo cumplir y hacer cumplir estrictamente sus
estipulaciones; y expido el presente instrumento en la ciudad de
Managua, a los diez días del mes de julio de mil novecientos
treinta y siete, firmando por mi mano, sellado con el Gran Sello
Nacional y refrendado por el señor Ministro de Relaciones (f) A.
SOMOZA.- L. S. El Ministro de Relaciones Exteriores (f) M.
CORDERO REYES. L. S
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