Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACION CONVENIOS DE
PRESTAMOS CON HOLANDA
Decreto No. 737 de 15 de junio de 1981
Publicado en La Gaceta No. 134 de 19 de junio de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se ratifican en todas y cada una de sus partes
dos (2) convenios de préstamos otorgados por De Nederlandse
Investeringsbak voor Ontwikkelingslanden N. V, a la República de
Nicaragua por Diez Millones de Florines (HFL 10,000,000) cada uno,
destinados a la adquisición de bienes y servicios para proyectos de
agua potable y alcantarillado y para proyectos de salud,
respectivamente, suscritos con fecha 20 de febrero de corriente
año.
Artículo 2.-Los préstamos devengarán intereses del 2 1/2 %
anual sobre saldos deudores pagaderos mediante veintitrés (23)
cuotas anuales y consecutivas, comenzando a los ocho (8) años de la
fecha de suscripción del respectivo convenio.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el
momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los quince días del mes de junio de
mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
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