Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN CONTRATOS DE
PRÉSTAMO
Decreto No. 1409 de 5 de Marzo de 1984
Publicado en La Gaceta No.52 de 13 de Marzo de 1984
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Se ratifican en todas y cada una de sus partes,
dos contratos de préstamo destinados al financiamiento de
adquisición de bienes y servicios para la Empresa Nicaragüense de
Cabotaje, Ministerio de Transporte, otorgados a la República de
Nicaragua, así:
A: Por De Nederlandse Investeringsbank voor
Ontwikkelingslanden N. V. por Tres Millones Setecientos Mil
Florines (H. F. L. 3,700.000.00) suscrito el 24 de enero de 1984;
y
B: Por Nederlandsche Middenstandsbank N.V., por Cinco
Millones Ciento Cincuenta y Un Mil Cuarenta Florines (H. F. L.
5,151,040.00) suscrito el 7 de febrero de 1984.
Artículo 2.- El Ministerio de Finanzas deberá establecer
oportunamente en los Presupuestos de Ingresos y Egresos de la
República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las
obligaciones contraídas.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cinco días del mes de Marzo de
mil novecientos ochenta y cuatro.- "A Cincuenta Años Sandino
Vive".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL.- Daniel Ortega
Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas.
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