Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN AL TERCER PROTOCOLO
AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS
INSTANCIAS POLÍTICAS
DECRETO No. 17-95, Aprobado el 3 de Mayo de 1995
Publicado en La Gaceta No. 90 del 17 de Mayo de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que los Presidentes de las Repúblicas de El Salvador, Guatemala,
Honduras, Nicaragua y Panamá, suscribieron el 20 de Agosto de 1994,
en Guácimo, Costa Rica, el Tercer Protocolo al Tratado
Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias
Políticas.
II
Que la Asamblea Nacional aprobó dicho Tercer Protocolo por Decreto
No. 949 del 18 de Enero de 1995, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 68 del 6 de Abril de 1995.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
RATIFICACIÓN AL TERCER PROTOCOLO AL TRATADO CONSTITUTIVO DEL
PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLÍTICAS
Artículo 1.- Ratificar el Tercer Protocolo al tratado
constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias
Políticas, suscrito en Guácimo, Costa Rica, el 20 de Agosto de
1994, por los Presidentes de las Repúblicas de El Salvador,
Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, compuesto de un Preámbulo
y tres artículos.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación para su depósito ante la Secretaría General del
Sistema de la Integración Centroamericana, en la ciudad de San
Salvador, de conformidad con el Artículo segundo de dicho Tercer
Protocolo
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los tres
días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y cinco.VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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