Ratificación A La Resolución 290 (Vii) Del Organismo Para La Proscripción De Las Armas Nucleares En La América Latina Y El Caribe

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - (RATIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN 290 (VII) DEL ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES EN LA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE) DECRETO No. 41-99, Aprobado el 24 de Marzo de 1999 Publicado en la Gaceta No. 68 del 14 de Abril de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que Nicaragua adoptó en el Séptimo Periodo Extraordinario de Sesiones, en México, D.F. el 26 de agosto de 1992, la " Resolución 290 (VII) de la Conferencia General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe". II Que la Asamblea Nacional aprobó la mencionada Resolución por Decreto 2055 publicado en "La Gaceta Diario Oficial", No.204 del 29 de Octubre de 1998. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1.- Ratificar la Resolución 290 (Vll) del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe, adoptada en el Séptimo Periodo Extraordinario de Sesiones, en México, D.F. el 26 de Agosto de 1992. Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro de Marzo de mil novecientos noventa y nueve ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -