Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(RATIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN
290 (VII) DEL ORGANISMO PARA LA PROSCRIPCIÓN DE LAS ARMAS NUCLEARES
EN LA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE)
DECRETO No. 41-99, Aprobado el 24 de Marzo de 1999
Publicado en la Gaceta No. 68 del 14 de Abril de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que Nicaragua adoptó en el Séptimo Periodo Extraordinario de
Sesiones, en México, D.F. el 26 de agosto de 1992, la " Resolución
290 (VII) de la Conferencia General del Organismo para la
Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el
Caribe".
II
Que la Asamblea Nacional aprobó la mencionada Resolución por
Decreto 2055 publicado en "La Gaceta Diario Oficial", No.204 del 29
de Octubre de 1998.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Ratificar la Resolución 290 (Vll) del Organismo
para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y
el Caribe, adoptada en el Séptimo Periodo Extraordinario de
Sesiones, en México, D.F. el 26 de Agosto de 1992.
Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para
su depósito en el Organismo correspondiente.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación. en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro
de Marzo de mil novecientos noventa y nueve ARNOLDO ALEMÁN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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