Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(RATIFICACIÓN A LA CONVENCIÓN
SOBRE EXTRADICIÓN)
Aprobado el 10 de Julio de 1937
Publicado en La Gaceta No. 163 del 31 de Julio de 1937
ANASTASIO SOMOZA,
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
POR CUANTO:
El día veintiséis de diciembre de mil novecientos treinta y tres,
la Delegación de Nicaragua a la VII Conferencia Panamericana,
suscribió en Montevideo, Uruguay, la Convención sobre Extradición
que consta de veintitrés Artículos;
POR
CUANTO:
El día quince de noviembre de mil novecientos treinta y cuatro el
Poder Ejecutivo le concedió su aprobación y mandó someterla al
conocimiento del Honorable Congreso Nacional;
POR
CUANTO:
El Congreso Nacional ratifico dicha Convención en Decreto de diez y
ocho de mayo de mil novecientos treinta y siete, sancionado el
veinticuatro de los mismos mes y año;
POR TANTO:
Ratifico y confirmo todos y cada uno de los artículos de que consta
la mencionada Convención sobre Extradición, cuyo texto apareció
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 122, correspondiente al
día once de junio de mil novecientos treinta y siete; prometiendo
cumplir y hacer cumplir estrictamente sus estipulaciones; y expido
el presente instrumento en la ciudad de Managua, Distrito Nacional,
a los diez días del mes de julio de mil novecientos treinta y
siete, firmando por mi mano, sellado con el Gran Sello Nacional y
refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores (f) A.
SOMOZA.- L. S. El Ministro de Relaciones Exteriores (f) M.
CORDERO REYES. L. S
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