Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(PRORROGOSE A LA SOBERANA ORDEN
MILITAR DE MALTA COMO ENTIDAD SOBERANA INTERNACIONAL)
Aprobada el 6 de Diciembre de 1952
Publicado en La Gaceta No. 285 del 12 de Diciembre de 1952
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades,
CONSIDERANDO:
Que la Soberana Orden Militar de Malta, es un Vulnerable Instituto
dedicado desde hace muchos años a los más altos y humanitarios
fines, y
CONSIDERANDO:
Que la Soberana Orden Militar de Malta mantiene relaciones
Diplomáticas con numerosos Estados del Mundo y de acuerdo con su
propia organización atiende su constitución interna y a sus
relaciones con otros Estados, sin intervención alguna de otra
Nación, esencias éstas que caracterizan al sujeto del Derecho
Internacional, y
CONSIDERANDO:
Que la tradicional política exterior de Nicaragua y las
orientaciones de este Gobierno propenden a la ampliación de sus
relaciones amistosas,
DECRETA:
1º.- Reconocer a la Soberana Orden Militar de Malta como
entidad Soberana Internacional.
2º.- Reconocer como autoridad de la Soberana Orden Militar
de Malta a su Alteza Eminentísima el Gran Maestro de la
Orden.
3º.- Establecer Relaciones Diplomáticas entre la República
de Nicaragua y la Soberana Orden Militar de Malta.
4º.- Este Decreto empezará a regir desde su publicaciónLa
Gaceta, Diario Oficial.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, seis
de Diciembre de mil novecientos cincuenta y dos.- A.
SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, ÓSCAR SEVILLA SACASA.
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