Prórroga Del Plazo Para Que La Dirección De Titulación De La Intendencia De La Propiedad De La Procuraduría General De La República, Continúe Desarrollando El Proceso De Titulación Urbana En La Ciudad De Managua Y Demás Ciudades Del País, A Los Beneficiarios De La Ley No 86 “Ley Especial De Legalización De Viviendas Y Terrenos”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Propiedad Rango: Decretos Ejecutivos - PRÓRROGA DEL PLAZO PARA QUE LA DIRECCIÓN DE TITULACIÓN DE LA INTENDENCIA DE LA PROPIEDAD DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CONTINÚE DESARROLLANDO EL PROCESO DE TITULACIÓN URBANA EN LA CIUDAD DE MANAGUA Y DEMÁS CIUDADES DEL PAÍS, A LOS BENEFICIARIOS DE LA LEY No 86 LEY ESPECIAL DE LEGALIZACIÓN DE VIVIENDAS Y TERRENOS DECRETO No 13-2012, Aprobado el 13 de Abril del 2012 Publicado en La Gaceta No 74 del 24 de Abril del 2012 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra CONSIDERANDO I Que la Asamblea Nacional mediante la Ley No. 278 Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 239 del 16 de diciembre de 1997, estableció en su artículo 13, el plazo para realizar la titulación de lotes urbanos a los beneficiarios de la Ley No. 86 Ley Especial de Legalización de Viviendas y Terrenos, publicada en La Gaceta No. 66 del 3 de abril de 1990, y que puede ser objeto de prórroga mediante Decreto del Poder Ejecutivo. II Que para seguir avanzando en el proceso de titulación urbana establecido en el Decreto No. 39-94, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 22 de septiembre de 1994, se han prorrogado los plazos para el proceso de titulación urbana en la ciudad de Managua y demás ciudades del país, mediante los Decretos Ejecutivos No. 86-2004, que prorrogó el plazo hasta el 28 de febrero de 2007; Decreto publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 160 del 17 de agosto de 2004, y Decreto No. 56-2007, que prorrogó el plazo hasta el 29 de febrero de 2012, Decreto publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 119 del 25 de junio de 2007. III Que habiéndose cumplido el plazo establecido en el Decreto No. 56-2007, es necesario continuar con el proceso de titulación urbana, para lo cual es preciso extender el período de funcionamiento de la Dirección de Titulación de la Intendencia de la Propiedad de la Procuraduría General de la República. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO Prórroga del plazo para que la Dirección de Titulación de la Intendencia de la Propiedad de la Procuraduría General de la República, continúe desarrollando el proceso de Titulación Urbana en la ciudad de Managua y demás ciudades del país, a los Beneficiarios de la Ley No. 86 Ley Especial de Legalización de Viviendas y Terrenos Artículo 1. Se prorroga hasta el 29 de Febrero del año 2017, el plazo para que la Dirección de Titulación de la Intendencia de la Propiedad de la Procuraduría General de la República, continúe el proceso de titulación urbana que proporcione Seguridad Jurídica a los beneficiarios de pequeños lotes de terrenos adquiridos al amparo de la Ley No. 86 Ley Especial de Legalización de Viviendas y Terrenos, en la ciudad de Managua y demás ciudades del país. Artículo 2. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día trece de Abril del año dos mil doce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -