Prórroga A Estado De Emergencia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales Rango: Decretos Ejecutivos - PRÓRROGA A ESTADO DE EMERGENCIA DECRETO No. 230, Aprobado el 28 de Octubre de 1986 Publicado en La Gaceta No. 236 del 29 de Octubre de 1986 El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.-Se prorroga por un año, a partir de treinta de Octubre de mil novecientos ochenta y seis el Estado de Emergencia Nacional establecido por los Decretos No. 128 y 130 de 1985. Artículo 2.-La suspensión de Derechos y Garantías consecuencias de Estado de Emergencia Nacional se prorroga en los mismos términos consignados en el Decreto No. 130 del treinta y uno de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco, publicado en "la Gaceta", Diario Oficial. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "la Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las Armas contra la Agresión".DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República. -