Prórroga A Decreto De Ley General Sobre Explotación De Las Riquezas Naturales En Zona No. 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Decretos Ejecutivos - PRÓRROGA A DECRETO DE LEY GENERAL SOBRE EXPLOTACIÓN DE LAS RIQUEZAS NATURALES EN ZONA No. 1 DECRETO No. 55-DRN, Aprobado el 29 de Julio de 1967 Publicado en La Gaceta No. 187 del 18 de Agosto de 1967 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de las facultades que le confieren el inciso 3) del Arto. 195 Cn., y artículos 6 y 7 de la Ley General sobre Explotación de las Riquezas Naturales del 20 de Marzo de 1958. Decreta: Artículo Primero: Hasta el 31 de Diciembre de 1967 y por lo que hace a la Zona No. 1, prorrógase los efectos del Decreto No. 19 DRN publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 128 del día 10 de Junio de 1963. Artículo Segundo: La extensión y linderos de la Zona No. 1 se modifican y describen de la siguiente manera: área aproximada 52 Kms2, situada en el Departamento de Nueva Segovia y delimitada por las siguientes coordenadas geográficas: al Norte, por el paralelo 13º40'; al Sur, por el paralelo 36º35'; al Este, por el meridiano 86º35'; y al Oeste, por el meridiano 86º39'. Artículo Tercero: El presente Decreto comenzará a regir a partir de su fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial. - Managua, Distrito Nacional, a los veintinueve días del mes de julio de mil novecientos sesenta y siete. A. SOMOZA D., Presidente de la República. - Arnoldo Ramírez Eva, Ministro de Economía. -