Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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PRECIO DE VENTA DE
FOSFOROS
DECRETO No. 25, Aprobado el 12 de Mayo de 1979
Publicado en La Gaceta No. 106 del 15 de Mayo de 1979
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
en uso de sus facultades,
CONSIDERANDO:
Que en reciente arreglo entre el Gobierno con la firma "Blandón y
Cía. Ltda." Propietaria de la Fábrica Nacional de Fósforos
Momotombo, fue convenido que a partir del día dieciséis de mayo del
corriente año, la Empresa recibirá Doscientos Cincuenta Córdobas,
por cada cartón de fósforos nacionales de un mil cajetillas, lo
cual necesariamente obliga al Fisco a modificar el precio a que es
vendido el artículo al por mayor
Por tanto:
DECRETA:
Artículo 1.- A partir del dieciséis de mayo del corriente
año, el precio de venta de cada cartón de fósforos nacionales de un
mil cajetillas, que se cobrará a las personas interesadas en la
compra de la especie, será de Trescientos Cincuenta Córdobas.
Artículo 2.- Los detallistas cobrarán al público consumidor
un precio no mayor de Cuarenta Centavos por cada cajetilla de
fósforos nacionales, bajo los apercibimientos de Ley, por la
alteración del precio por cajetilla, lo cual se tendrá como
defraudación Fiscal, y la especie en venta será decomisada, sin
perjuicio de las sanciones penales en que el infractor incurra de
conformidad con la Ley.
Artículo 3.- El presente Decreto empezará a regir a partir
del día dieciséis de mayo del año en curso.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los doce
días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve. (f) A.
SOMOZA D., Presidente de la República. (f) Samuel Genie
A., Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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