Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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(PRECIO DE VENTA CAJETILLA DE
FÓSFOROS)
No. 46, Aprobado el 17 de enero de 1938
Publicado en La Gaceta No.13 del 18 Enero de 1938
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo de
6 de Mayo de 1931, sobre el estanco fósforos, etc.,
DECRETA:
Artículo 1.- A partir de la fecha de la publicación del
presente en La Gaceta, el precio de venta de cada cajetilla de
fósforos de fabricación extranjera será de cuatro centavos de
córdobas (C$ 0.04).
Artículo 2.- Queda así reformada la parte final del Arto. 4°
del Reglamento del Estanco de Fósforos y el Decreto Ejecutivo del
30 de marzo de 1937, en cuanto al precio de venta de la cajetilla
de fósforos de la calidad a que se refiere el artículo
anterior.
Dado en Managua, D. N., a los diez y siete días del mes de enero de
mil novecientos treinta y ocho. A. SOMOZA.- El Ministro de
Hacienda y Crédito Público JOSÉ BENITO RAMÍREZ.
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