Ponese En Vigor "ley Uniforme Centroamericana De Incentivos Fiscales Al Desarrollo Industrial"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Decretos Ejecutivos - PONESE EN VIGOR "LEY UNIFORME CENTROAMERICANA DE INCENTIVOS FISCALES AL DESARROLLO INDUSTRIAL" DECRETO No. 364-MEIC, Aprobado el 27 de Febrero de 1979 Publicado en La Gaceta No. 68 del 21 de Marzo de 1979 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Considerando: Que por Decreto No. 11-L de 14 de abril de 1962, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 137 del 20 de junio de 1962, el Poder Ejecutivo en el ramo de Economía, Industria y Comercio, está facultado para consignar que ha entrado en aplicación la "Ley Uniforme Centroamericana de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial", en los países ligados al Tratado General de Integración Económica, para los efectos expresados en dicho Decreto. Por Tanto: En uso de las facultades que le confiere el inciso 3) del Artículo 194 de la Constitución Política de la República. Decreta: Primero.- El Ministerio de Economía, Industria y Comercio, consigna que ya está en aplicación la "Ley Uniforme Centroamericana de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial", en los países ligados al Tratado General de Integración Económica, quedando en consecuencia sin valor ni efecto el Decreto No. 11-L, del 14 de abril de 1962, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 137 del 20 de junio de 1962. Segundo.- El presente Decreto surte sus efectos desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos setenta y nueve.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Róger Blandón V., Ministro de Economía, Industria y Comercio". -