Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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PÓNENSE EN CIRCULACIÓN MONEDAS
DE NÍQUEL DE CINCO CENTAVOS
No. 40, Aprobado el 26 de Abril de 1940
Publicado en La Gaceta No. 103 del 10 de Mayo de 1940
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Con el objeto de llenar las necesidades del Departamento de Emisión
que administra el Banco Nacional de Nicaragua, Inc., y en uso de
sus facultades,
DECRETA:
Único:- Póngase en circulación a partir del día uno de Mayo
de mil novecientos cuarenta,
800, 000,00 monedas de níquel de C$, 0.05 con valor total de C$
40.000,00 y
2,000.00 monedas de cobre de C$ .0.01 con valor total de
20.000,00.
Estas monedas de C$ 0.05 y C$ 0.01, son idénticas a las de iguales
valores en actual circulación, con la diferencia que estas
corresponden al año de 1939, es decir, que en la cara en que tienen
el escudo, aparece debajo de él, dicha fecha de 1939.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., veintiséis de Abril de
mil novecientos cuarenta.- SOMOZA.- El Ministro de Hacienda
y Crédito Público.- J. RAMÓN SEVILLA.
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