Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
POLÍTICA NACIONAL SOBRE GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS
DECRETO No. 47-2005, Aprobado el 21 de Julio del 2005
Publicado en La Gaceta No. 163 del 23 de Agosto del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política establece en su arto. 60 el derecho de
los nicaragüenses a habitar en un ambiente saludable y es
obligación del Estado la preservación, conservación y rescate del
medio ambiente y de los recursos naturales.
II
Que el capítulo XXI de la AGENDA 21, establece las bases para el
manejo integral de los residuos sólidos municipales como parte del
desarrollo sostenible, estableciendo que el manejo de los residuos
debe contemplar la minimización en la producción de los mismos, el
reciclaje, la recolección, el tratamiento y la disposición final
adecuada y que para lograrlo, cada ciudad debe establecer sus
programas según sus condiciones locales y sus capacidades
económicas, de acuerdo con las metas a corto y mediano plazo fijado
en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y
Desarrollo (CNUMAD-92), realizada en 1992 en Río de Janeiro,
Brasil.
III
Que el artículo 28 literal a) de la Ley No. 290, Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
dispone que corresponde al Ministerio del Ambiente y de los
Recursos Naturales formular, proponer y dirigir las políticas
nacionales del medio ambiente.
IV
Que el crecimiento económico puede dar lugar a la producción de más
residuos y que ésta debe evitarse o limitarse en su origen mediante
el uso de tecnologías apropiadas y que los residuos que no puedan
ser reciclados ni reutilizados deben ser eliminados de la forma más
segura posible, técnica y ambientalmente.
V
Que en Nicaragua el manejo de los residuos sólidos posee algunas
habilidades entre las que se destacan: debilidad institucional,
centralismo y operatividad deficiente; falta de planificación,
carencia de sistemas de información, legislación dispersa, a lo que
se suma el deficiente control en la aplicación de la misma, baja
calificación de los recursos humanos, carencia de recursos
materiales, falta de recuperación de los costos por la prestación
del servicio de recolección y disposición final, falta de
incentivos económicos, inexistencia de modelos de gestión y de
políticas públicas para el sector y pobre participación de la
ciudadanía en el manejo de estos.
VI
Que en interés de la protección del medio ambiente, es necesario
contar con una política nacional para el manejo integral de los
residuos sólidos, sus principios, lineamientos, planes y
estrategias de ejecución.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Política Nacional sobre Gestión Integral de Residuos
Sólidos
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1.- Objeto. El presente Decreto tiene por objeto
establecer la Política Nacional sobre la Gestión Integral de los
Residuos Sólidos Peligrosos y No Peligrosos 2005-2023, así como los
principios y lineamientos que la integran, definiciones, planes,
acciones y estrategias para su implementación en el territorio
nacional.
Artículo 2.- Objetivos Generales de la Política. La Política
Nacional sobre la Gestión Integral de Residuos Sólidos tiene como
objetivo general lograr el manejo integral de los residuos sólidos,
no peligrosos y peligrosos incorporando los aspectos técnicos,
administrativos, económicos, ambientales y sociales dirigidos a
evitar y minimizar la generación de los mismos, fomentando su
valorización y reduciendo la cantidad de residuos destinados a
disposición final, a fin de prevenir y reducir sus riesgos para la
salud y el ambiente, disminuir las presiones que se ejercen sobre
los recursos naturales y elevar la competitividad de los sectores
productivos, en un contexto de desarrollo sustentable y de
responsabilidad compartida.
Artículo 3.- Objetivos Específicos. La Política Nacional
sobre la Gestión Integral de Residuos Sólidos tiene como objetivos
específicos los siguientes:
1. Proteger la salud pública de los ciudadanos involucrados directa
e indirectamente en el manejo integral de residuos, asegurando así
el mejoramiento de la calidad de vida de la población.
2. Prevenir y reducir la contaminación del suelo, del agua y del
aire derivado del manejo de los residuos.
3. Desarrollar la conciencia ambiental a todos los niveles sociales
y económicos promoviendo la participación ciudadana, a fin de
mejorar la calidad de vida en equidad para mujeres y hombres en lo
relativo a la gestión integral y manejo de los residuos
sólidos.
4. Fortalecer la capacidad de gestión de las entidades municipales,
regionales y del gobierno central, en materia de residuos sólidos,
todo de conformidad a su ámbito de competencia.
5. Establecer una base de datos sobre la gestión integral de
residuos sólidos que se incorpore al subsistema de información del
Sistema Nacional de Información Ambiental, que permita a las
municipalidades y la sociedad contar con información confiable que
contribuya al proceso de planificación y manejo eficiente de los
residuos sólidos.
6. Impulsar la investigación y la capacitación en lo relativo a la
minimización y manejo integral de residuos sólidos.
7. Optimizar el aprovechamiento de los recursos fomentando la
separación en la fuente, el reuso y el reciclado de los diversos
componentes de los residuos.
8. Impulsar la búsqueda de recursos financieros que permita
implementar las acciones derivadas de la política y de los planes
de manejo de residuos sólidos municipal.
9. Contribuir al cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y
adolescentes a ser protegidos contra cualquier tipo de explotación
económica y social relacionada con el manejo de los residuos
sólidos.
10. Contribuir a la efectiva descentralización de la gestión
ambiental de los residuos sólidos.
11. Incentivar la participación de todos los sectores en la
prevención, valorización y en el manejo integral de los
residuos.
12. Reducir el pasivo ambiental causado por la disposición
inapropiada de los residuos sólidos en botaderos a cielo abierto,
así como promover el establecimiento de rellenos sanitarios,
cuidando que su vida útil no se acorte por la disposición en ellos
de residuos valorizables o tratables por diversos medios con los
que se cuente en el país.
Capítulo II
Conceptos y Definiciones
Artículo 4.- Para efectos del presente Decreto, se
establecen las siguientes definiciones y conceptos:
1. Áreas degradadas: ecosistema afectado por el mal manejo
de los residuos sólidos.
2. Biogás: gas procedente de la biometanización, básicamente
compost y anhídrido de carbono y metano en proporciones aproximadas
50/50. El término se aplica especialmente al producto de la
degradación, espontánea o controlada, de la fracción orgánica de
los residuos.
3. Concesión: otorgamiento oficial gubernamental o municipal
a favor de un individuo o empresa privada de la prestación del
servicio parcial o total de los servicios de manejo de residuos
sólidos.
4. Contenedor: equipo de capacidad variable, empleado para
almacenar residuos sólidos.
5. Contaminación: es la introducción de desechos u otras
materias en el ecosistema, resultante directa o indirectamente de
actividades humanas, que tenga o pueda tener efectos perjudiciales,
como causar daño a los recursos vivos y entrañar peligrosa la salud
del hombre, entorpecer la dinámica de los mismos, deteriorar su
calidad, restringir su utilización y menoscabar las posibilidades
de esparcimiento.
6. Compostificación: proceso controlado de descomposición
biológica de los residuos sólidos orgánicos que permite la
producción de compost.
7. Compostaje: técnica para el tratamiento de componentes
sólidos, orgánicos basado en procesos de mineralización y
transformación de materia orgánica producida por microorganismos
aeróbico. Como resultado de este proceso se genera mayoritariamente
compost, dióxido de carbono y agua. El proceso considera al menos
dos etapas; una primera termofílica y una segunda etapa de
maduración mesofílica.
8. Desecho: subproductos residuales que se destina a un
relleno sanitario o confinamiento con o sin tratamiento previo, que
para su propietario no tienen valor alguno.
9. Disposición: entierro, depósito, descarga, volcado,
colocación o liberación intencional de cualquier material de
residuo en o sobre el aire, tierra o agua. En el contexto del
manejo de residuos radiactivos, disposición significa la colocación
de los residuos en instalaciones específicas aprobadas (ej: cerca
de repositorios geológicos o de superficie) o la descarga directa
aprobada de los efluentes en el medio ambiente. La disposición no
prevé la recuperación de los residuos.
10. Eliminación: cualquiera de las operaciones destinadas a
dar tratamiento, disposición final o reciclaje a los
residuos.
11. Evitar: concepto que promueve la no generación de
residuos como principio fundamental. Propone medidas tendientes a
no generar residuos como el uso exclusivo de envases retornables no
aceptando los envases desechables, el reemplazo de bolsas de
polietileno por bolsas de tela o canastos para realizar las
compras.
12. Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales: La
gestión integral de los residuos sólidos municipales, tiene que ser
considerada como una parte integral de la gestión ambiental.
Dentro de su ámbito, la Gestión Integral de Residuos Sólidos
Municipales incluye todas las funciones administrativas,
financieras, legales, de planificación y de ingeniería involucradas
en las soluciones de todos los problemas de los residuos
sólidos.
Las soluciones pueden implicar relaciones interdisciplinarias
complejas entre campos como la ciencia política, el urbanismo, la
planificación regional, la geografía, la economía, la salud
pública, la sociología, la demografía, las comunicaciones y la
conservación, así como la ingeniería y la ciencia de los
materiales.
Puede ser definida como la disciplina asociada al control del
manejo integral de los RSM (reducción en la fuente, reuso,
reciclaje, barrido, almacenamiento, recolección, transferencia,
tratamiento y disposición final) de una forma que armoniza con los
mejores principios de la salud pública, de la economía, de la
ingeniería, de la conservación, de la estética y de otras
consideraciones ambientales, que responde a las expectativas y
política públicas.
13. Humus: material que se genera mediante la crianza de
lombrices, útil para mejorar el suelo agrícola, parques, jardines y
recuperación de tierras no fértiles.
14. Incineración: método para el tratamiento de residuos que
utiliza la descomposición térmica para reducir su volumen y
toxicidad.
15. Incineración con recuperación de energía: proceso de
combustión a alta temperatura generalmente arriba de los 900 grados
centígrados, en instalaciones que operan bajo condiciones
estrictamente controladas. La energía que se obtiene durante la
combustión se aprovecha para generar electricidad. Mediante la
incineración se reduce el volumen de los residuos sólidos hasta 90%
aproximadamente.
16. Lixiviado: líquido percolado a través de los residuos
sólidos en un relleno o botadero compuesto por el agua de lluvia,
humedad, y descomposición orgánica, materiales disueltos y
suspendidos.
17. Lodo: cualquier residuo que ha sido generado en plantas
de tratamiento de aguas servidas, descargas industriales líquidas,
de agua potable o de emisiones atmosféricas.
18. Lombricultura: técnica de crianza controlada de
lombrices con residuos sólidos orgánicos para producir humus.
19. Medio ambiente: es un sistema global complejo, de
múltiples y variadas interacciones, dinámico y evolutivo en el
tiempo, formado por los sistemas físico, biológico, social,
económico, político y cultural en que vive el hombre y demás
organismos.
20. Manejo: acciones físicas directas o gerenciales que
comprenden la generación, almacenamiento, recolección, transporte,
transferencia, tratamiento y disposición final, barrido, limpieza
de vías y áreas públicas, recuperación, reuso y reciclaje de
residuos sólidos.
21. Manejo integral de Residuos: comprende las actividades
de separación, reutilización, reciclaje, co procesamiento,
tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio,
almacenamiento, transporte y disposición final de residuos,
individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, para
adaptarse a las condiciones y necesidades de cada lugar, cumpliendo
objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental,
tecnológica, económica y social.
22. Materia orgánica: a efectos de gestión de residuos
sólidos, las fracciones residuales vegetales y animales
susceptibles de rápida degradación químico-biológica (restos de
comida, productos vegetales y/o animales).
23. Materia Inorgánica: a efectos de la gestión de residuos
sólidos, las fracciones no putrescibles tales como: plástico,
metales y vidrio.
24. Minimización: acciones para reducir o disminuir en su
origen la cantidad y/o peligrosidad de los residuos generados.
Considera medidas como la reducción de la generación, reutilización
de productos usados y reciclaje.
25. Pasivo ambiental: deterioro de los ecosistemas por
efecto antrópico o natural.
26. Pepenador: (Churequero) persona que se dedica a la
segregación de los residuos en las diferentes etapas del
manejo.
27. Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos: es un
instrumento de gestión que se obtiene como resultado de un proceso
de planificación estratégica y participativa, que permite mejorar
las condiciones de salud y ambiente en determinada ciudad o
municipio. Para lo cual se establecen objetivos y metas de largo
plazo (de 10 a 15 años), y desarrollan planes de acción de corto
plazo (hasta 2 años) y mediano plazo (de 3 hasta 5 años), con la
finalidad de establecer un sistema sostenible de gestión de
residuos sólidos. La formulación y ejecución del plan, ofrece tanto
a las municipalidades e instituciones relacionadas con el tema,
como a la población en general los beneficios siguientes:
27.1 Facilita el desarrollo de un proceso sostenido de mejoramiento
de la cobertura y calidad del sistema de gestión de residuos
sólidos.
27.2 Previene las enfermedades y mejora el ornato público.
27.3 Promueve y fomenta el aprovechamiento y valorización de los
residuos.
27.4 Mitiga los impactos ambientales negativos originados por el
inadecuado manejo de residuos sólidos.
27.5 Promueve la participación de la población e instituciones
claves en las iniciativas de mejoramiento del sistema de gestión de
residuos sólidos.
27.6 Incrementa el nivel de educación ambiental en la
población.
27.7 Permite la instalación de estructuras gerenciales apropiadas
para la gestión ambiental de los residuos sólidos.
28. Privatización: participación del sector privado en la
construcción, posesión y operación de sistemas de limpieza urbana
por medio de concesiones, franquicias, contratos de gestión de
administración comercial u otro instrumento jurídico.
29. Reciclaje: proceso por el cual materiales segregados son
incorporados como materia prima al ciclo productivo.
30. Reducir: disminuir la cantidad y la peligrosidad de los
residuos generados, incluye la reducción en el origen.
31. Reducir en origen: disminución de la cantidad y
peligrosidad de los residuos generados aplicando cambios en el
diseño de los productos y en sus procesos productivos.
32. Relleno Sanitario: técnica de ingeniería aplicada a una
área discreta de tierra o excavación que recibe, acomoda, compacta
y cubre adecuadamente los residuos domésticos (residuos de casa,
hoteles, servicios municipales, Iodos sépticos, comerciales y otros
residuos no peligrosos), trata los gases, el lixiviado y controla
los vectores.
33. Relleno Sanitario Manual: método simple de enterramiento
sanitario de los residuos sólidos con el empleo de mano de obra y
herramientas simples.
34. Relleno de Seguridad: relleno destinado a la disposición
final de residuos industriales y/o peligrosos.
35. Residuos Sólidos: es el material, producto o subproducto
que sin ser considerado como peligroso, se descarte o deseche y que
sea susceptible de ser aprovechado o requiera sujetarse a métodos
de tratamiento o disposición final.
36. Residuo Agropecuario: residuo generado como resultado de
actividades agrícolas y pecuarias tales como la crianza y engorde
de animales, la plantación y la cosecha, entre otros. Entre ellos
se incluye el estiércol, restos de tallos, hojas y restos de
envases de productos químicos y biológicos.
37. Residuo de la Construcción: residuo generado como
resultado de las actividades de construcción y demolición de
viviendas y otras obras de infraestructura. Los residuos están
conformados principalmente por restos de madera, trozos de
hormigón, restos metálicos, materiales de embalajes, restos de
cañerías, cables eléctricos, trozos de ladrillo y vidrios, entre
otros.
38. Residuos Sólidos No Peligrosos: el que por su
naturaleza, composición, cantidad y volumen generado no representen
un peligro potencial o inmediato para la salud humana o para los
organismos vivos. Dentro de estos se engloban los residuos
domiciliares, comerciales, institucionales, mercados, industria y
barrido de calles.
39. Residuos Sólidos Peligrosos: son aquellos que, en
cualquier estado físico, contengan cantidades significativas de
componentes que pueden presentar peligro para la vida o salud de
los organismos vivos cuando se liberan al ambiente o si se
manipulan incorrectamente debido a su magnitud o modalidad de sus
características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas,
explosivas, inflamables, biológicamente perniciosas, infecciosas,
irritantes o de cualquier otra característica que representen un
peligro para la salud humana, la calidad de la vida, los recursos
ambientales o el equilibrio ecológico.
40. Residuo Forestal: residuo, generado como resultado de
las actividades forestales, de plantación y manejo de bosques.
Principalmente residuos orgánicos con un alto contenido de
lignina.
41. Residuos Hospitalarios: residuos generados durante el
diagnóstico, tratamiento o inmunización de seres humanos o animales
durante investigaciones relacionadas o durante la producción o
ensayos de agentes biológicos. Incluye los residuos infecciosos,
patológicos, cortopunzantes, farmacéuticos, químicos, radioactivos
o genotóxicos.
42. Residuos Sólidos Industriales: aquellos generados como
resultado de procesos de producción, mantenimiento de equipo e
instalaciones industriales o similares.
43. Residuos Mineros: residuos generados en cualquier etapa
de actividades mineras, se distinguen principalmente estériles,
relaves de explotación, ripios de lixiviación y escorias de
fundición.
44. Residuos Portuarios: residuos producidos en las
embarcaciones e instalaciones portuarias. Se distinguen
principalmente aceites usados, lubricantes, grasas, residuos
asimilables a domiciliarios, hospitalarios, y mezcla de residuos
peligrosos.
45. Riesgo: medida de la probabilidad de que un daño a la
vida, a la salud, a alguna propiedad y/o al medio ambiente pueda
ocurrir como resultado de un peligro dado.
46. Reuso: el aprovechamiento de residuos sin ser Sometidos
a procesamiento industrial asegurando el tratamiento destinado al
cumplimiento de los patrones de salud pública y medio
ambiente.
47. Separación en origen: separación y clasificación de
materiales reciclables y/o compostables como papel, metales,
vidrio, plástico y materia orgánica respectivamente en el punto
donde son originados, con el propósito de ser reciclados y/o
compostados posteriormente.
48. Segregación: actividad que consiste en recuperar
materiales reusables o reciclables de los residuos.
49. Subproducto: todo producto distinto al principal, que se
genera en un proceso productivo y tiene un mercado estable y por
ende debe cumplir con todos los procedimientos legales y estándares
que correspondan para su comercialización como tal.
50. Tratamiento: proceso de transformación física, química o
biológica de los residuos para alterar sus características,
dándoles mayor estabilidad o posibilidades de aprovechar su
potencial.
51. Tratamiento térmico de los residuos: cualquier proceso
destinado a la transformación de los residuos en el que intervenga
la energía calorífica, tanto si es consumidor limpio de ella
(proceso endotérmico) como productor neto (proceso
exotérmico).
52. Trabajo Infantil: toda actividad laboral que implica la
participación de niños, niñas y adolescentes, que les impida el
disfrute de sus derechos y provoque efectos negativos en su
desarrollo físico, psíquico, moral, intelectual o social, tanto
presente como futuro.
53. Valorización de los Residuos: conjunto de operaciones
que tienen como objetivo que un residuo vuelva a ser utilizado,
total o parcialmente.
54. Vectores: animales (tales como ratas, moscas,
cucarachas, aves) capaces de transmitir enfermedades y poner en
riesgo la salud de personas o del ambiente.
55. Vertedero: lugar donde se liberan al medio una serie de
residuos, resultado de un proceso de producción o consumo.
56. Vermicompostaje: proceso de producción de humus de
lombriz.
Capítulo III
Fundamentos, Lineamientos Estratégicos y Principios de la
Política Nacional
Artículo 5.- Fundamentos. La Política Nacional de Residuos
Sólidos, se fundamenta en el contexto del desarrollo sostenible, la
maximización del aprovechamiento de los recursos, la prevención o
reducción de los impactos adversos al ambiente que pudieran derivar
del manejo de estos para evitar los grandes impactos ambientales
generados al recurso suelo, agua y atmósfera, profundizar la toma
de conciencia de las poblaciones y que los servicios vinculados al
manejo integral de los residuos sólidos generen beneficios
económicos y que sea ambientalmente sustentable. La Política
Nacional de Residuos Sólidos se fundamenta en seis pasos
importantes:
1. La reducción de su generación
2. La separación de los residuos desde la fuente generadora
3. El reuso
4. El tratamiento
5. Disposición final en rellenos sanitarios
6. La recuperación de las áreas degradadas.
Artículo 6.- Lineamientos Estratégicos. Son lineamientos
estratégicos de la Política Nacional de Residuos, los
siguientes:
1. Fortalecimiento de la gestión institucional;
2. Fortalecimiento del marco legal;
3. Capacitación, asistencia técnica y sistema de información;
4. Educación ambiental y participación ciudadana con enfoque de
género;
5. Fomento a la investigación tecnológica;
6. Instrumentos económicos;
7. Recuperación del pasivo ambiental causado por la disposición
inapropiada de los residuos sólidos;
8. Mejorar las condiciones de trabajo del pepenador o churequero y
erradicar el trabajo infantil;
9. Establecimiento de planes de manejo para productos de consumo
que al desecharse se convierten en residuos.
Artículo 7.- Principios. Los principios que sustentan la
Política Nacional para Gestión Integral de Residuos Sólidos son los
rectores para establecer las bases o marco referencial en la
gestión de los residuos en el país, tales principios subyacentes al
diseño de la política nacional, se enmarcan en los compromisos
políticos asumidos por el Gobierno de Nicaragua en foros
internacionales y brindan el marco referencial pertinente para
orientar el desarrollo socioeconómico nicaragüense a través de
planes y programas a desarrollarse en el corto, mediano y largo
plazo. La Política Nacional para Gestión Integral de Residuos
Sólidos se sujeta a los siguientes principios:
1. Principio de Salud: el manejo de los residuos sólidos
debe aportar a la higiene ambiental conservando o creando un
entorno limpio y por lo tanto ayudando a la salud pública y calidad
de vida de la población.
2. Educación Ambiental: debe estar dirigida a ayudar a la
población nicaragüense a que adquiera mayor conciencia social,
conocimientos, cambios de actitudes, aptitudes que le permitan un
sentido de responsabilidad y toma de conciencia frente a la
problemática relativa al manejo de residuos sólidos.
3. Principio de Equidad: en la distribución de tareas,
deberes y derechos con relación al manejo adecuado de los residuos,
debe mantenerse la igualdad de oportunidades y fomentarse la
solidaridad social.
4. Principio de Erradicación del Trabajo Infantil: este
principio se orienta a lograr la prevención y eliminación del
trabajo infantil en todas las etapas del manejo de residuos
sólidos, con el objetivo de no exponer a niños, niñas y
adolescentes a situaciones insalubres que pudieran atentar contra
la salud, la seguridad o la moral de los mismos, como lo indica
nuestra legislación y los Convenios 138 y 182 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), ratificados por el Estado de
Nicaragua.
5. Responsabilidad ambiental compartida, pero diferenciada:
referido a todos los actores y sectores involucrados en la
generación y manejo de residuos, en la formulación e
instrumentación de políticas, programas, ordenamientos jurídicos y
demás acciones tendientes a prevenir y lograr su manejo integral y
ambientalmente adecuado.
6. Participación Ciudadana: la sociedad civil deberá
participar en el manejo sustentable de los residuos contribuyendo
creativamente a minimizar sus impactos al ambiente y a garantizar
la no afectación a la salud humana en sus comunidades y en el
ámbito nacional.
7. Transparencia de la Información: la implementación de
esta política debe asegurar que la información relativa a la
generación y manejo de los residuos sólidos esté disponible en todo
momento a la ciudadanía en general.
8. El que Contamina Paga: el generador de residuos debe
internalizar los costos de su manejo correcto y disposición
final.
9. Fortalecimiento de la Economía Local: la gestión de los
residuos sólidos deberá aportar al desarrollo socioeconómico de la
comuna, fomentando las pequeñas y medianas microempresas locales en
el ámbito de la gestión integral de éstos con miras a garantizar y
crear nuevas fuentes de trabajo e ingresos a la comunidad.
10. Compensación: desarrollo de los instrumentos jurídicos y
normativos que permitan evaluar los daños provocados al ambiente en
general y a las personas en particular y exigir a los responsables
el resarcimiento de los mismos en términos no solo indemnizatorio
sino también de la remediación del daño, según corresponda.
11. Competitividad: la aplicación de esta política debe
crear las condiciones favorables para el desarrollo de los mercados
de servicios de manejo de los residuos y de los materiales
secundarios obtenidos a partir de ellos, así como contribuir a
hacer más eficientes los procesos productivos.
12. Principio de Prevención: se orienta a evitar o limitar
la generación de residuos, así como minimizar sus riesgos para la
salud y el ambiente.
13. Principio Precautorio: consiste en prevenir riesgos
derivados de la generación y formas de manejo de los residuos,
sobre la base de antecedentes razonables que conduzcan a establecer
que éstos pueden producir efectos nocivos para la salud y regular,
limitar o impedir su generación aún cuando no existan las pruebas o
certidumbre científica concluyente de posible daño.
14. Integralidad: define que la gestión ambiental es
integral e integradora. Se refiere a todos sus componentes, a todos
sus elementos, desde una perspectiva sistémica. Requiere de
cierta planeación centralizada que ordene prioridades y establezca
los principios que han de regir la política y los instrumentos para
implementar esa política (qué, cómo, quienes).
15. Gradualidad: la aplicación de las leyes y normas
ambientales debe considerar el tiempo requerido para permitir su
implementación.
16. Flexibilidad: atendiendo a la existencia de una alta
heterogeneidad de situaciones en el país, que inciden en la
generación y capacidad de manejo de los residuos, deben
desarrollarse modelos de gestión apropiados a cada una de ellas,
considerando la aplicación de instrumentos diferenciados que puedan
ser operados en forma descentralizada.
17. Responsabilidad de la cuna a la tumba: el generador de
residuos es responsable del manejo de éstos desde su generación
hasta su disposición final, lo que implica que el generador se
asegure que sus residuos sean conducidos a las instalaciones
autorizadas en los que se someterán a un manejo ambientalmente
adecuado.
18. Proximidad: cuando la generación de residuos sea
inevitable, estos deben eliminarse en las instalaciones autorizadas
más próximas a la fuente de origen. El mercado regulará el número
de instalaciones requeridas considerando la demanda, los costos de
transporte y las proyecciones de generación.
19. Simplicidad y Dinamismo: la política debe ser eficiente
y traducirse en un esquema sencillo en su aplicación, adaptable a
cambios tecnológicos y económicos.
20. Sustentabilidad Ambiental: el aprovechamiento de los
recursos naturales, la valorización y la forma de manejo de los
residuos, debe de realizarse de manera que garantice el derecho a
la salud y el bienestar de las generaciones presentes y
futuras.
21. Uso de la mejor tecnología posible: este principio
conduce hacia la aplicación de tecnología limpia a través del
fortalecimiento de los procesos innovativos que se asocian a una
mayor rentabilidad, ventajas de competitividad, minimización de
riesgos y menor costo de operación, de acuerdo a la realidad del
país y de los municipios.
22. Autosuficiencia y Soberanía Nacional: el país debe
procurar contar con la infraestructura mínima necesaria para el
manejo integral, ambientalmente adecuado y económicamente viable,
de los residuos generados dentro de su territorio, para limitar al
máximo la exportación de los mismos a países que dispongan de una
capacidad instalada para el tratamiento o la disposición final
superior a la nacional; no permitiéndose la importación de residuos
peligrosos y en el caso de los no peligrosos solo cuando se
garantice el tratamiento efectivo de los mismos.
Capítulo IV
De las Estructuras de Implementación de la Política
Nacional
Artículo 8.- Para la implementación de la Política Nacional
sobre Gestión Integral de los Residuos Sólidos, es necesario la
creación de un Comité Nacional para Gestión Integral de los
Residuos Sólidos con carácter operativo e interinstitucional, la
Oficina de Manejo Integral de Residuos Sólidos con carácter
permanente en el Ministerio del Ambiente y de los Recursos
Naturales (MARENA) que administre la política para el eficiente
manejo de los residuos sólidos en el país; las Unidades Ambientales
Sectoriales de los entes del Poder Ejecutivo, quienes deben
incorporar las estrategias y planes operativos anuales de la
política nacional dentro del marco de su competencia administrativa
y las Subcomisiones de Gestión de Residuos Sólidos, creadas estas
últimas por iniciativa de los gobiernos municipales en el ámbito de
sus atribuciones.
Artículo 9.- Se promoverá la ejecución de la Política
Nacional de Residuos Sólidos y las acciones que se derivan de la
misma, de conformidad al esquema de jerarquía del planeamiento,
desarrollada en el documento de la política nacional, todo de
conformidad a la competencia legal fijada en nuestra
legislación.
Artículo 10.- Instrumentos Económicos de la Política
Nacional. En los plazos establecidos en el Plan de Acción y sus
prioridades contenido en el documento de la Política Nacional para
la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, deberá diseñarse e
implementarse instrumentos económicos efectivos con el
correspondiente marco jurídico, con el objetivo de estimular el
interés propio de los consumidores, productores y prestadores del
servicio en lo relativo a la gestión integral de residuos sólidos,
así como, que productores y consumidores internalicen los costos
del manejo ambientalmente adecuado de los mismos.
Artículo 11.- Del Fondo para la Gestión Integral de los Residuos
Sólidos. Para un efectivo cumplimiento de la Política, se
promoverá la creación de un Fondo para la Gestión Integral de los
Residuos Sólidos (FGIRS), que forme parte del Fondo Nacional del
Ambiente; cuyo objetivo sea financiar, total o parcialmente
proyectos o actividades orientados al manejo integral de los
residuos sólidos. Este fondo también podrá orientarse a la
ejecución de iniciativas comunitarias locales de mejoramiento
ambiental en el manejo de los residuos sólidos, de capacitación y
difusión destinadas a fortalecer las capacidades de acción de las
comunidades.
Artículo 12.- De la Coordinación interinstitucional. A
efectos de garantizar eficiencia en la ejecución de la política
nacional, deberá procurarse por parte del Ministerio del Ambiente y
de los Recursos Naturales y las instituciones involucradas en el
manejo integral de los residuos sólidos, estrechas coordinaciones,
fomentando la suscripción de Acuerdos o Convenios entre éstas, o
con entidades especializadas en el sector de residuos sólidos, sean
naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o
extranjeras, priorizando la capacitación del personal técnico y
administrativo vinculado al manejo de los residuos sólidos.
Artículo 13.- De las Formas de Financiamiento. Para el
cumplimiento de los fines y objetivos de la Política Nacional sobre
Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Comité Nacional y las
Subcomisiones Municipales de Gestión de Residuos que se pretenden
crear, podrán solicitar o recibir apoyo y asesoría técnica,
patrocinio o financiamiento de personas naturales o jurídicas,
organismos u organizaciones nacionales o extranjeros, previa
suscripción de acuerdos con el cooperante, en el que deben
definirse las condiciones de la colaboración.
Artículo 14.- Para la obtención de recursos económicos que
permitan financiar las acciones a corto, mediano o largo plazo, el
Comité Nacional y las Subcomisiones Municipales de Gestión de
Residuos Sólidos deberán elaborar proyectos vinculados a las
diferentes etapas del manejo integral de los residuos
sólidos.
Artículo 15.- Se aprueba la Política Nacional para la
Gestión Integral de los Residuos Sólidos, contenida en el presente
Decreto, El Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales,
será el ente encargado de la publicación y divulgación del
contenido del mismo.
Artículo 16.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los veintiún
días del mes de julio del año dos mil cinco. Enrique Bolaños
Geyer, Presidente de la República de Nicaragua. C. Arturo
Harding Lacayo, Ministro del Ambiente y de los Recursos
Naturales.
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