Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
NUEVA CLASIFICACION DE
MERCADERÍAS DE IMPORTACION QUE ESTABLECE LOS PORCENTAJES DE
DEPÓSITO
DECRETO EJECUTIVO No. 29, Aprobado el 16 de Abril de
1958
Publicada en la Gaceta No. 98 del 6 de Mayo de 1958
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de sus facultades y de conformidad con los Artículos 17 y 18
de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 24 de Junio de
1955,
DECRETA:
Arto. 1.- Se clasifican como de Primera Categoría los
artículos o mercaderías de importación contenidos en la siguiente
lista:
LISTA NUMERO UNO
(Sin Depósito)
________________________________________________________________________________________________________________________________
Grupos, partidas, sub-partidas e incisos
del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN
________________________________________________________________________________________________________________________________
001-01-01
Ganado vacuno de raza fina
001-02-01
Ganado ovino de raza fina
001-03-01
Ganado porcino de raza fina
001-04-01
Aves de corral de raza fina
001-09-01
Ganado caprino de raza fina
013-02-03-1
Toda clase de carne conservada o preparada en
cualquier forma, con o sin legumbres, especialmente preparadas para
niños.
013-09-01
Tripas para la fabricación de embutidos
029-09-00-1
Alimentos para niños y preparaciones dietéticas
principalmente a base de leche
048-01-02
Preparados especialmente para niños, en cualquier
forma
053-03-03-1
Pulpas o pastas de frutas, preparadas especialmente
para niños, en cualquier forma
053-04-02-1
Jugos de frutas preparados especialmente para
niños, en cualquier forma.
055-02-01-1
Sopas preparadas especialmente para niños
055-02-03-1
Jugos de legumbres preparados especialmente para
niños
055-02-04-1
Conservas especialmente preparadas para niños
081-09-01
Alimentos para animales mezclados con productos
químicos y biológicos, tales como polvos de huesos, sangre
desecada, etc.
231-01-00
Caucho y gomas naturales similares, caucho
sintético y caucho regenerado
271
Abonos en bruto (Todo el Grupo)
272-05-04
Cloruro de sodio puro
291-09-12
Huevos no comestibles, n. e p. (huevos de pescado
para la reproducción, etc.)
313-05-01
Parafina, ceresina u ozoquerita
313-05-02
Vaselina, petrolatum o jalea de petróleo, simple,
sin mezcla de ninguna otra substancia
411-01-01
Aceite de hígado de bacalao
411-02-02
Sebo de res propio para usos industriales
413-03-01
Acido estearico (estearina comercial)
413-03-02
Acido oleico (oleína comercial), ácido palmítico
(palmitito comercial), y otros ácidos grasos
511
Productos químicos orgánicos (Todo el Grupo excepto
la subpartida 511 09 10)
512
Productos químicos orgánicos (Todo el Grupo)
532
Extractos para teñir y curtir y materiales
curtientes sintéticos (Todo el Grupo)
533-02-00
Tintas para imprenta y litografía
541
Productos medicinales y farmacéuticos (Todo el
Grupo)
551-01-01
Aceite esencial de quenopodio
561
Abonos manufacturados (Todo el Grupo)
599-01-01-1
Papel celofán con distintivos impresos que
demuestren, a juicio de la Aduana, que será usado exclusivamente
por alguna firma reconocida de la industria farmacéutica
599-02-00
Insecticidas, fungicidas, desinfectantes, incluso
los preparados para animales y otros productos similares, que no
vengan como productos medicinales, fumigantes, jabones
desinfectantes o desodorantes (Toda la subpartida)
599-04-03-1
Capsulas y obleas vacías para envase de
medicinas
599-09-11
Preparaciones y productos químicos para cargar
extinguidores de incendio
612-01-00
Bandas, correas de cuero y otros artículos de cuero
para maquinaria
621-01-03
Material para reparar llantas y cámaras
629-01-02-1
Llantas y neumáticos par tractores de toda
clase
629-01-02-2
Ex
Llantas y neumáticos para camiones de transporte de
carga y para trailers
629-09-01
Fajas y correas de caucho, para maquinaria
629-09-02
Empaques y arandelas de caucho
641-01-00
Papel, para periódicos
641-02-01
Papel para libros y otros impresos
641-12-02
Papel filtro en pliegos, celulosa filtrante y guata
de celulosa
642-09-09-1
Papel, cartulina o cartón filtro n. e. p.
642-09-09-4
Tapas y tapitas para botellas
642-09-09-5
Ex
Papel de reactivos (para análisis químicos)
653-09-02-1
Tijidos de yute (bramente) para hacer sacos y
enfardeladuras
654-01-02-1
Tules y mallas de algodón, lisos y de tejido
uniforme en forma exagonal que no contengan más de ocho exágonos en
un cuadro que tenga seis milímetros por lado
656-01-00
Bolsas y sacos para empacar, nuevos o usados de
cualquier fibra textil, con o sin impresiones (Toda la
subpartida)
661-02-00
Cemento, excepto la cal hidráulica
663-09-01-1
Filtros para agua
663-09-02-1
Filtros para agua
663-09-03-1
Filtros para aguas
665-01-00
Envases de vidrio (con o sin tapas de cualquier
material), excepto de fantasía (garrafones, botellas, damajuanas,
frascos, potes, recipientes tubulares y envases similares de
vidrio), incluso las tapas y tapones de vidrio corriente y los
interiores de vidrio para termos y otras vasijas similares (Toda la
subpartida)
665-09-02
Artículos de vidrio, estén o no graduados o
calibrados, para laboratorios y para fines médicos, quirúrgicos,
dentales o higiénicos, ampollas y frascos de vidrio para suero
(Toda la subpartida)
681-01-00
Hierro de primera fusión, en lingotes (fundición en
bruto o Pig Iron), hierro colado y hielo poroso (esponjoso),
incluso el polvo de hierro y acero
681-06-01
Para enfadar, empacar y usos similares, incuso los
aros y cinchos para barriles
684-02-04
Tubos, cañería y sus accesorios, de aluminio o sus
aleaciones
699-01-02
Ex
Torres de hierro o acero, para molinos de
viento
699-05-01
Alambre de púas (alambre espigado), de hierro o
acero
699-07-01
Clavos, pernos, tuercas, etc& De hierro o acero
(Toda la subpartida)
699-12-01
Azadas, palas, picos, azadones, horquillas,
rastrillos, guadañas, hoces, hachas, machetes y otras herramientas
de mano empleadas en la agricultura, horticultura o silvicultura,
con o sin mangos
699-12-02
Herramientas de mano para artesanos
699-17-01-1
Cuchillos para artes y oficios
699-17-04-1
Máquinas no eléctricas para cortar el pelo
699-21-01
Silos de metal, armados o no
699-21-05
Tubos de plomo, estaño, aluminio, etc., para
envasar pomadas, ungüentos y cremas
699-29-13
Electrodos, varillas o tubos para soldar en la
fragua; soldadura de metales comunes o sus aleaciones, en alambres
o varillas, recubiertos o con alma de material fusible; láminas de
metal preparado para soldar, empleadas en la metalurgia
699-29-20-7
Ex
Jaulas de alambre para aves de corral
711
Maquinaria generador de fuerza (excepto la
eléctrica) (Todo el Grupo)
712
Maquinaria y utensilios mecánicos para la
agricultura (Todo el Grupo)
713
Tractores, excepto los a vapor (Todo el Grupo)
715
Maquinaria para trabajar metal (Todo el Grupo)
716-01-02
Bombas para agua y otras bombas para líquidos, n.
e. p.
716-03-01
Aplanadoras a propulsión mecánica, para
caminos
716-03-04
Maquinaria, fija o móvil, para excavar, nivelar,
perforar y extraer tierra (palas mecánicas, drags, perforadoras de
pozos, bulldozers, etc.)
716-03-05
Otras maquinarias n.e.p., para construcción de
caminos y para minería
716-04-00
Máquinas herramientas para trabajar madera, corcho,
hueso, ebonita, vulcanita, baquelita y otros materiales
semejantes
716-05-00
Herramientas manuales movidas por cualquier fuerza
motriz, excepto eléctrica (martillos neumáticos, sierras portátiles
con motor propio, etc.)
716-06-00
Maquinaria para la industria papelera
716-07
Maquinaria par imprenta y para encuade4rnacion
(Toda la partida)
716-08
Maquinaria y accesorios par la industria textil
(Toda la partida)
716-11-01
Máquinas de coser (excepto las utilizadas en
encuadernación) y agujas para las mismas
716-12-02
Ex
Equipos para refrigeración incluso los enfriadores
de leche(milk coolers), las refrigeradoras y congeladoras para usos
industriales
716-12-03
Maquinaria para fabricar hielo o helados
716-13-05-1
Ex
Destinados a atomizar o rociar líquidos o polvos
para usos agrícolas solamente
716-13-06
Quemadores (pulverizadores) para usos industriales,
par la alimentación de hornos o fogones que consumen aceite
combustible, carbón pulverizado o gs comprimido; cámaras de
combustión, sean o no automáticas; alimentadores mecánicos y
similares
716-13-07
Máquinas centrífugas, excepto las desnatadoras par
granjas, las extractoras de mil y las de laboratorio
716-13-08
Maquinas para limpiar, secar, llenar, rotular,
tapar o capsular botellas, latas, cajas, bolsas, sacos u otros
envases; otras máquinas para empacar
716-13-11
Maquinaria par moler y trabajar cereales o
legumbres, n.e.p. (Toda la subpartida)
716-13-12
Máquinas y utensilios mecánicos para las industrias
de panadería, pastelería, repostería, confitería, manufactura de
chocolate, carnicería y preparación de carnes (incluso las máquinas
rebanadoras ) y preparación de conservas (Toda la subpartida)
716-13-13
Maquinaria para fabricar panela, para ingenios y
para refinería de azúcar
716-13-14
Maquinas y utensilios mecánicos para tenería
716-13-15
Máquinas y utensilios mecánicos para talabartería,
zapatería y otras industrias que trabajen el cuero, excepto
máquinas de coser
716-13-16
Maquinaria para separar, cernir, lavar, triturar,
pulverizar o mezclar tierra, piedras y otras sustancias sólidas
semejantes; maquinaria para conglomerar o amoldar combustibles
sólidos, pasta cerámica, concreto, materiales para estucar o
similares, o para dar forma a moldes de arena para fundiciones
716-13-18
Moldes n.e.p. para metal (excepto los moldes para
lingotes), para vidrio, caucho, materiales plásticos artificiales,
cemento, etc., incluso los moldes para fundir por presión.
716-13-21
Maquinaria y utensilios mecánicos para la
extracción y elaboración de aceites y para la elaboración de velas,
jabones, etc. incluso sus moldes.
716-13-22
Maquinas para hacer grajeas o píldoras, aparatos
para llenar obleas, moldes para óvulos; supositorios o bujías y
otros utensilios mecánicos para farmacias y laboratorios,
n.e.p.
716-13-23
Autoclaves o esterilizadores, excepto los
eléctricos
716-13-24
Maquinaria y utensilios mecánicos (no eléctricos),
n.e.p.
721-01
Generadores, alternadores, motores, convertidores,
transformadores y mecanismos para operar interruptores (excepto los
incluidos en las partidas 721 04, 721 05 y 721-07) (Toda la
partida)
721-06-05
Autoclaves y esterilizadores y otros aparatos
electrotérmicos, n.e.p.
721-08-01
Instrumentos para medir la corriente eléctrica,
tales como voltímetros, amperímetros, medidores de consumo,
etc.
721-08-05
Reóstatos (excepto para radiotelefonía y telegrafía
y para arranque de motores) y otros aparatos para controlar la
energía eléctrica, n.e.p.
721-11
Aparatos eléctricos para servicios médicos y
aparatos radiológicos (excepto las herramientas e instrumentos
accionados solamente par motores eléctricos) (Toda la partida)
721-19-01
Parrrayos de toda clase
721-19-03
Aisladores para instalaciones eléctricas, de
cualquier material
732-03-02
Camiones y camionetas (pick-upus y panels)
camiones-cisternas, camiones refrigeradores y otros vehículos
automotores para el transporte carga
732-03-03
Carros para bomberos, automotores (incluso
escaleras, manqueras, bombas y otros accesorios especiales para los
mismos); camiones regadores, camiones recogedores de basura,
camiones barredores, camiones grúas, carros fúnebres y otros
vehículos automotores similares
732-05-00
Ex
Chasis de vehículos de la clase especifica en las
subpartidas 732-03-02 y 732-03-03
732-06-00-1
Carrocerías y sus partes para vehículos
comprendidos en la subpartida 732-01-01
732-06-00-6
Ex
Para los comprendidos en las subpartidas 732-03-02
y 732-03-03
733-09-01
Carretillas y sillas de ruedas para enfermos o
inválidos, con o sin motor
733-09-02
Remolques (trailers) de toda clase, que sen
utilizados en camiones de carga y que se ajusten a las nuevas
especificaciones para cargas permisibles en las carreteras de
Nicaragua, previa aprobación en cada caso del Departamento de
Carreteras
734-01-00
Aeronaves más pesadas que el aire, completas,
montadas o sin montar para usos agrícolas o transporte de carga y
colectivo
861-03-03
Instrumentos y accesorios n.e.p, médicos, dentales,
quirúrgicos o de veterinaria (máquinas y herramientas par
dentistas, aparatos para anestesia, respiración artificial,
metabolismo basal, presión arterial y otros similares; pulmón de
hierro, instrumentos para cirugía, etc.)
862-01-01
Películas y placas sensibilizadas para
radiografías
863-01-00-1
Películas cinematográficas para fines instructivos
y de propaganda científica
891-02-01
Discos, cintas y alambres grabados para el
aprendizaje de idiomas
891-02-02-1
Música nicaragüense
891-01-01
Libros y folletos impresos, con cualquier
encuadernación, incluso los atlas
892-01-02
Revistas y periódicos empastados
892-02-00
Periódicos y revistas, no empastados
892-03-00
Música impresa, grabada en relieve o manuscrita,
esté o no encuadernada
892-09-06
Mapas de toda clase, cartas y diagramas anatómicos,
planos topográficos, cartas náuticas, hidrográficas, cuadros de
botánica y similares de toda clase, impresos en papel u otros
materiales (excepto los que vengan en forma de atlas o de libros,
que se clasifican en la partida 891-01)
892-09-07
Planos y dibujos industriales, planos
arquitectónicos, de ingeniería y otros, originales o reproducidos
fotográficamente, manuscritos y escritos a máquina
892-09-11-1
Ex
Catálogos de cualquier clase y folletos de
instrucciones para el manejo de cualquier clase de maquinaria,
vehículos o artefactos solamente
899-17-04-1
Lápices para escribir o dibujar de toda clase
(excepto lápices automáticos)
899-17-04-3
Lápices de pizarra o pizarrines
899-17-05
Tiza en barritas para escribir y dibujar; jabón de
piedra y tiza para sastres
899-21-01
Colecciones y piezas para colecciones de zoología,
botánica, mineralogía y anatomía; objetos para colecciones de
interés histórico, arqueológico, paleontológico, etnográfico o
numismático
899-21-02
Estampillas de correo y timbres fiscales para
colecciones filatélicas
899-99-07
Pizarras y pizarrones para escribir, con o sin
marco
899-99-09
Aparatos de ortopedia (incluso las fajas
quirúrgicas o bragueros); miembros artificiales, ojos, dientes,
dentaduras y otras partes artificiales del cuerpo; aparatos para la
sordera, tablillas y otros accesorios para fracturas (Toda la
subpartida)
899-99-10
Máscaras protectoras contra gases; escafandras
899-99-11
Paracaídas y sus accesorios; catapultas y otros
equipos similares para lanzamiento
921-01-01
Ganado caballar de raza fina
931-01-00
Artículos de producción nacional, exportados y
devueltos al país
931-02-00
Artículos de transacciones especiales (efectos
personales de viajeros e inmigrantes; muestras y artículos
importados temporalmente, y otros casos especiales)
999-97-01
Monedas, barras y lingotes de oro
Arto. 2.- Además de los artículos o mercaderías expresamente
consignados en la Lista Número Uno, detallada en el artículo que
antecede, se considerarán incluidos en la misma, con independencia
de la numeración arancelaria en que se encuentran los
siguientes:
a) Toda clase de maquinaria industrial y agrícola, así como sus
partes, repuestos y accesorios;
b) Las partes, repuestos y accesorios para las aeronaves más
pesadas que el aire comprendida en la subpartida 734-01-00 y para
los camiones de transporte de carga;
c) Los envases o envolturas directas o inmediatas, de cualquier
material, como de papel kraft, hojalata, vidrio, etc. Con
impresiones, destinados para usos industriales; y
d) Las semillas par siembra de toda clase.
Arto. 3.- Asimismo se clasifican en Primera Categoría, para
el uso y consumo exclusivo de los habitantes del Departamento de
Zelaya y de la Comarca de El Cabo los artículos o mercaderías de
importación que se introduzcan al país por los puertos de dicho
Departamento y Comarca, que se enumeran a continuación:
__________________________________________________________________________________________________________________________________
Grupos, partidas, sub-partidas e incisos
del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN
__________________________________________________________________________________________________________________________________
021-01-01
Leche únicamente
022-01-01
Leche únicamente
091-02-01
Manteca de cerdo
091-02-02
Sustitutos de la manteca de cerdo y otras grasas
comestibles similares, de origen animal o vegetal, n.e.p.
272-05-02
Sal para la mesa únicamente
552-02-03
Jabón para lavar únicamente
Arto. 4.- Se clasifican como de Segunda Categoría los
artículos o mercaderías de importación contenidas en la siguiente
lista:
LISTA NUMERO DOS
__________________________________________________________________________________________________________________________________
Grupos, partidas, sub-partidas e incisos
del Código Arancelario de Importaciones DESCRIPCIÓN
__________________________________________________________________________________________________________________________________
022-01-01
Leche y crema (Toda la subpartida)
022-02-01
Leche y crema (Toda la subpartida)
031-01-03
Peces para acuario
046
Harina, gruesa y fina, de trigo, escanda y comuña
(Todo el grupo)
047
Cereales molidos, excepto harina de trigo (Todo el
grupo)
048-01-01
Crudos (ni tostados ni cocidos)
048-02-00
Malta
048-09-02
Alimentos dietéticos base de cereales
048-09-03
Mezclas elaboradas especialmente para la confección
de artículos de panadería y repostería
053-04-03
Extractos de frutas
054-03-01
Lúpulo
061-09-01
Glucosa o dextrosa y levulosa o fructuosa
061-09-02
Azúcar de leche o lactosa
061-09-03
Azúcar de multa o maltosa
061-09-08-2
Jarabe de arce, miel artificial y caramelo (miel o
azúcar quemada)
072-02-00
Cacao en polvo, con o sin azúcar
099-09-03
Levadura y fermentos de toda clase, en cualquier
forma, excepto los para uso farmacéutico y las enzimas
099-09-05
Jarabes y concentrados para la preparación de
bebidas no alcohólicas (Toda la subpartida)
121-01-00
Tabaco en rama, incluso los desperdicios
231-04-00
Desperdicios y desechos de caucho (incluso los
artículos usados de tejidos encauchados. Utilizable solo como
materia prima)
244
Corcho en bruto y desperdicios (Todo el Grupo)
251
Pulpa y desperdicios de papel (Todo el Grupo)
261
Seda (Todo el Grupo)
262
Lana y otros pelos de animales (Todo el Grupo)
264
Yute, incluso pedazos y desechos de yute (Todo el
Grupo)
265
Fibras vegetales excepto algodón y yute (Todo el
Grupo)
266
Fibras artificiales y sintéticas (Todo el
Grupo)
167
Desperdicios de tejidos de fibras textiles, incluso
trapos (Todo el Grupo)
272-01-00
Asfalto natural
272-04-02
Caolín y tierras arcillosas, n.e.p.
272-05-01
Sal gema o sal marina sin refinar, incluso agua de
mar
272-06-00
Azufre sin refinar, en cualquier forma
272-07
Abrasivos naturales, incluso los diamantes
industriales (Toda la partid)
272-11
Piedras para usos industriales, excepto para
dimensión (Toda la partida)
272-12-00
Asbestos y amianto en bruto, lavados o
triturados
272-13-00
Mica, sin cortar o sin manufacturar, en láminas o
en bloques, en películas y en fragmentos; derechos de mica, sin
moler o molidos
272-14-00
Feldespato, espatoflúor y criolita
272-16-00
Grafito natural o plombagina
272-19
Minerales no metálicos en bruto, n.e.p. (Toda la
partida)
28
Minerales metalíferos y chatarra metálica (Todo el
Capítulo)
291
Productos animales en bruto, no comestibles n.e.p
(Todo el Grupo, excepto la subpartida 291-09-12)
311
Carbón, coque y brinquetas (Todo el Grupo)
312
Petróleo crudo y parcialmente refinado (Todo el
Grupo)
313
Productos derivados del petróleo (Todo el Grupo
excepto las subpartidas 313-05-01 y 313-05-02)
314
Gas natural y artificial (Todo el Grupo)
411-02-01
Lanolina
411-02-03
Otros aceites, mantecas y grasas de origen animal,
par usos industriales, n.e.p
412-01-00
Aceite de linaza
412-06-00
Aceite de palma
412-07-00
Aceite de coco
413-02-00
Aceites y grasas hidrogenados
413-04
Ceras de origen animal o vegetal (Toda la
partida)
511-09-10
Carburo de calcio
521
Alquitrán mineral y productos químicos crudos
extraídos del carbón, petróleo y gas natural (Todo el Grupo)
531
Tintes de alquitrán de hulla e índigo (añil)
natural (Todo el grupo)
533-01
Materias colorantes, incluso las pinturas al
temple, que no sean derivadas del alquitrán de hulla-ni de origen
animal o vegetal, n.e.p. (Toda la partida)
551
Aceites esenciales materias aromatizantes y
saporíferas (Todo el Grupo, excepto la subpartida 551-01-01)
552-01-06
Dentífricos de toda clase, en cualquier forma
552-02-02
Jabones medicinales
552-03-01
Ceras, betunes, etc., en cualquier forma, para
limpiar, lustrar y conservar calzado y artículos de cuero
591-01-03
Explosivos preparados, n.e.p.
591-02-01
Guías, cordones o mechas, detonadores y
fulminantes, para hacer estallar pólvoras y explosivos
599-01-03
Telas plásticas, no tejidas (excepto las fibras
textiles sintéticas y los tejidos hechos con ellas)
599-01-04
Ex
Materiales plásticos sintéticos y resinas
artificiales en cualquier forma no manufacturada, para uso
industrial
599-03
Almidones, féculas, dextrinas, gluten y harina de
gluten, excepto los preparados para fines alimenticios (Toda la
partida)
599-04
Caseína, albúminas, gelatinas, colas y aprestos
(Toda la partida excepto el inciso 599-04-03-1)
599-09-01
Ceras por dentistas, otras ceras artificiales y
preparados para modelar a base de ácidos grasos, de ceras y otras
substancias similares n.e.p.
599-09-02
Anti-incrustantes, desincrustantes y anticorrosivos
para calderas
599-09-03
Colodión
599-09-04
Alquitrán de madera
599-09-05
Colofonia (Pez Rubia)
599-09-06
Otros productos obtenidos de la destilación de la
madera y del alquitrán de madera, n.e.p
599-09-07
Productos obtenidos de la destilación de las
resinas, n.e.p.
599-09-12
Fundentes y otros preparados auxiliares para soldar
(pasta para soldar)
599-09-13
Preparaciones disolventes y diluyentes para
barnices y productos similares, n.e.p.
599-09-15
Otros materiales y productos químicos, n.e.p. (Toda
subpartida)
611
Cuero (Todo el Grupo)
612-03-03
Suelas, tacones y otras piezas cortadas o
confeccionadas de cualquier otro material, n.e.p., para
calzado
612-09-00-2
Cordones para calzado
621
Materiales fabricados de caucho (Todo el Grupo
excepto la subpartida 621-01-03)
629-01-01
Llantas macizas, con o sin aros metálicos
629-01-02-2
Ex
Las demás excepto llantas para trailers
629-02-00
Artículos higiénicos, médicos y quirúrgicos de
caucho, excepto tubos, n.e.p. (Toda la subpartida)
629-09-03
Guantes de caucho para cualquier uso
629-09-04
Tapones y cápsulas de caucho, por botellas
629-09-07
Gomas de borrar y bandas de caucho
629-09-08-2
Oros artículos de caucho y ebonita, n.e.p.
632-09-00-3
Hormas de madera para zapatos
633
Manufacturas de corcho (Todo el Grupo)
641
Papel y cartón (Todo el Grupo, excepto las
subpartidas 641-01-00, 641-02-01 y 641-12-02; y 641-02-02 y
641-08-00)
642
Artículos de pulpa, de papel y de cartón (Todo el
Grupo, excepto las subpartidas 642-01-01-4, 642-01-02-2,
642-09-09-1, 642-09-09-4 y 642-09-09-5 Ex; y 642-03-00, 642-09-01 y
642-09-05)
651
Hilazas e hilos de fibras textiles (Todo el
Grupo)
652-02-04
Tejidos de algodón, blanqueadores, teñidos, etc.,
n.e.p. que pesen de 80 a 150 gramos por metro cuadrado (Toda la
subpartida)
652-02-05
Tejidos de algodón, blanqueados, teñidos, etc.,
n.e.p. que pesen más de 150 gramos por metro cuadrado (Toda la
subpartida)
654-03-05-1
Cintas de algodón con bordes reforzados por un hilo
grueso o cordoncillo, especiales para zippers
655-02-00
Formas de fieltro de lana o pelos para sombreros,
n.e.p.
655-03-00
Formas para sombreros, n.e.p.
655-04-01-1
Cinta aisladora para electricidad
655-04-02-1
Telas alquitranadas o aceitadas, para
enfardeladuras
655-04-02-3
Telas de seda, rayón (seda artificial) o fibras
sintéticas impermeabilizadas, para fines quirúrgicos
655-04-02-6
Telas y fieltros alquitranados o aceitados para
techos o forros exteriores
655-04-03-1
Telas para ser usadas en el proceso de
trubenización, o similares
655-06-01-2
De lino, cañamo, yute, ramio y otras fibras
vegetales, n.e.p
655-06-02
Mallas y redes (excepto para deportes)
confeccionadas con cordeles, cordajes, etc. de cualquier fibra
textil, incluso las redes y los sedles para la pesca.
655-09
Productos especiales de materias textiles y de
productos conexos, n.e.p (Toda la partid)
656-02-00-1
Tapa cargas (manteados), de lona
656-03-05-1
Mantas (fradas, cobijas) mantas de viaje
656-05-03
Únicamente los mosquiteros manufacturados de tule
so puntos de algodón, lisos y de tejido uniforme de forma exagonal,
que no contengan más de 8 hexágonos en un cuadro que tenga 6 m.m.
por lado
662-03-00
Ladrillos refractarios y otros materiales
refractarios para construcción
663-01-00
Ruedas de piedras calibradas, naturales o
artificiales, para moler, afilar y pulir (Toda la subpartida)
663-02-00
Papeles, cartones y tejidos revestidos de abrasivos
naturales o artificiales
663-03-03
Fajas para fricción, de cualquier tamaño, empaques
y otros artículos n.e.p. de asbesto puro o mezclado con cualquier
material (Toda la subpartida)
663-05-00
Productos de carbón y grafito, excepto los crisoles
y las minas para lápices (incluso los carbones para alumbrado,
electrodos, escobillas de carbón y sus materiales accesorios y
carbones para baterías)
663-06-03
Lana mineral (Rook-wool) y otros compuestos y
subtancias minerales, n.e.p., aislantes del calor y del sonido y
sus manufacturas, excepto las para construcción
663-07-00
Productos refractarios (vg. retortas, crisoles,
muflas, toberas, conexiones, soportes, tubos, cañerías3, láminas y
barras, excepto los materiales refractarios para la construcción
(Toda subpartida))
663-09
Artículos de cerámica, n.e.p., filtros, artículos y
aparatos n.e.p., para laboratorio, pilas bebederos y otros
recipientes para la economía rural, pomos para envases con tapas o
sin ellas y otros artículos de cerámica para usos industriales o
agrícolas) (Toda la partida, excepto los incisos 663-09-01-1,
663-09-02-1 y 663-09-03-1)
664-02-00
Vidrio óptico y vidrio para anteojos en bruto
681
Hierro y acero (Todo el Grupo, excepto la
subpartida 681-06-01)
682
Cobre (Toda el Grupo, excepto el inciso
682-02-02-1)
683
Niquel (Todo el Grupo)
684
Aluminio (Todo el Grupo, excepto la subpartida
684-02-04)
685
Plomo (Todo el Grupo)
686
Zinc (Todo el Grupo)
687
Estaño (Todo el Grupo)
689
Otros metales comunes, no ferrosos, empleados en la
metalurgia (Todo el Grupo)
699-03-00
Alambres retorcidos, cables, cordajes, cuerdas,
bandas trenzas, eslingas y demás artículos similares, de alambre de
hierro o de acero, excepto los cables aislados para
electricidad
699-05-02
Telas metálicas de hierro o acero propio par la
protección contra insectos y telas de hierro o acero para tamices
(Toda la subpartida)
699-05-03
Redes, cercas, enrejados y mallas de alambre o de
metal ensanchado, de hierro o acero
699-06-01
Telas metálicas, de metales comunes no ferrosos o
de sus aleaciones, para tamices o propias para la protección contra
insectos (Toda la subpartida)
699-07-02
Clavos, pernos, tuercas, arandelas, remaches,
tornillos, tachuelas, grapas para cercas, y artículos análogos de
todos los metales comunes (Toda la subpartida)
699-12-03
Otras herramientas de mano, n.e.p.
699-13
Utensilios domésticos de hierro o acero (Toda la
partida)
699-17-03
Tijeras de toda clase y sus cuchillas, n.e.p (Toda
la subpartida)
699-18-01
Artículos de ferretería, hechos principalmente de
hierro o acero, estén o no revestidos (Toda la subpartida, excepto
el inciso 699-18-01-7)
699-21-02
Tanques, cubas y otros recipientes análogos, de
metal, de capacidad superior a 500 litros
699-21-03
Barriles, toneles, tambores y tanques de metal,
cuya capacidad no exceda de 500 litros (incluso botes para
transporte de leche y los aisladores para transporte de helados,
etc.) (Toda la subpartida)
699-21-04
Cilindros metálicos para gases comprimidos y
recipientes análogos que resisten presión, sin soldaduras o con
fondos soldados
699-22-01
Cocinas (fogones), hornos, estufas y calderas para
calentar agua y sus partes
699-29-01
Resortes metálicos de toda clase (Toda la
subpartida)
699-29-02
Cadenas metálicas de toda clase, incluso sus partes
y accesorios (excepto las incluidas en la partida 673-02-00 como
imitaciones de joyas) (Toda la subpartida, excepto el inciso
699-29-02-2)
699-29-03
Anclas, boyas y arpeos y estructuras flotantes
distintas de las embarcaciones (pontones y ataguías, plataformas
flotantes de embarque y desembarque, faros, etc.)
699-29-06
Tapones, metálicos, corchos con coronas metálicas,
tapas, cápsulas o casquetes par botellas, bitoques; sellos o
marchamos de metales comunes, para sellar bultos o paquetes, o para
marcar aves y ganado; protectores de esquinas de cajas y accesorios
similares para embalar, de metales comunes (Toda la
subpartida)
699-29-07
Tubos (no par envases) y cañerías flexibles de
metales comunes (Toda la subpartida)
699-29-14
Trampas de metales comunes, para animales
699-29-16
Remaches tubulares y bifurcados, broches, marcas
con broches para carteras de mano y artículos similares, hebillas,
broches de hebillas, ganchos, corchetes, ojotes y artículos
similares, de metales comunes, para prendas de vestir, artículos de
viaje, carteras de mano y demás artículos confeccionados de
textiles o de cuero (que no sean imitación de joyas) (Toda la
subpartida)
699-29-20-1
Crisoles
699-29-20-3
Contrapesos para balanzas de hierro o acero y
herraduras
716-02-00
Carros y carretillas industriales, movidos por
fuerza eléctrica o por motores de explosión (veces conocidos como
tractores industriales, empleados para el transporte interior en
las fábricas, estaciones de ferrocarril, muelles, etc.)
716-03-02
Ex
Ascensores y montacargas, excepto ascensores y
elevadores para personas y escaleras mecánicas
716-03-03
Gatos o micas, garruchas, cabrias polispastos,
grúas y demás maquinaria par levantar; transbordadores,
transportadores aéreos y demás maquinaria para transportar o
transbordar
716-13-01
Molinos de café, picadores de carne, extractores de
jugo y otros utensilios mecánicos para uso doméstico o industrial,
excepto eléctricos (Toda la subpartida)
716-13-02
Gasógenos, generadores y purificadores de gas;
generadores de acetileno (por vía húmeda)
716-13-03
Elevadores de líquidos con sistema de cubos,
cadenas, tornillo, bandas y otros sistemas análogos
716-13-04
Bombas de aire (incluso infladores para cámaras),
bombas aspirantes y compresores de aire o de gas, con o sin su
motor propio (Toda la subpartida)
716-13-05-3
Destinados a arrojas vapor o arena, incluso los
extinguidores de incendio y las Pistols para pintar
716-13-10
Máquinas para pesar, básculas y maquinas para
contar y comprobar, movidas por acción del peso (excepto
granatarios, pesa-cartas y balanzas de precisión) (Toda la
subpartida)
716-13-19
Material y accesorio fijos para vías férreas,
n.e.p., aparatos de señales no eléctricos, por guiar vehículos de
carretera, ferrocarriles, etc.
716-13-20
Maquinas y utensilios mecánico para fabricar
cigarrillos
716-14-00
Cojinetes de bolas, agujas o rodillos y sus piezas
de repuestos
716-15
Repuestos y accesorios para máquinas (excepto las
eléctricas) no incluidos en la partida 716-13 y no asignables a una
determinada clase de maquinaria) (Toda la partida)
721-02-00
Pilas y baterías eléctricas, secas
721-03
Bombillas, lámparas de arco y tubos para alumbrado
eléctrico, completos (Toda la partida)
721-04-01
Ex
Transmisores para radiodifusión y televisión
721-04-02
Ex
Tubos y válvulas para transmisores de radiodifusión
y televisión
721-04-03
Ex
Micrófonos y amplificadores
721-04-04
Ex
Condensadores, filtros y otros accesorios y
repuestos n.e.p. para transmisores de radiodifusión y
televisión
721-06-04
Hornos, crisoles y tostadores eléctricos, para usos
industriales
721-08
Aparatos para medir y controlar la energía
eléctrica, aparatos eléctricos de señales y de seguridad, timbres
eléctricos (Toda la partida, excepto la subpartida 721-08-01,
721-08-05 y 721-08-03)
721-12-04
Herramientas eléctricas portátiles (taladros,
sierras, atornilladores, etc.)
721-13-00-2
Cables y alambres aislados para conducir la
electricidad con envoltura exterior de otra materia y los
esmaltados o aislados mediante oxidación anódica
721-19-02-2
Placas y cajas para acumuladores
721-19-02-3
Cajas y placas aisladoras (separadores) para
acumuladores
721-19-07
Enchufes, tomacorrientes, interruptores o
conmutadores (Switches), fusibles, cajas para conexiones y otros
accesorios eléctricos, n.e.p
731
Material ferroviario rodante y tranvías (Todo el
Grupo)
732-01-01
Vehículos automotores rústicos (Jeeps, Land
Rovers, etc)
732-01-02-1
Station wgon de doble transmisión
732-03-01
Autobuses u obnibuses y otros vehículos automotores
para el transporte de pasajeros, excepto los incluidos en las
partidas 732-01 y 732-02
732-04-00-1
Los referentes a vehículos comprendidos en la
subpartida 732-01-01
732-04-00-2
Los comprendidos en el inciso 732-01-02-1
732-05-00
Chasis de vehículos de la clase especificada en la
subpartida 732-03-01
732-06-00-2
Las mismas para los del inciso 732-01-02-1
732-05-00-6
Para los comprendidos en la subpartida
732-03-01
732-06-00-7
Accesorios para vehículos automotores
732-06-00-8
Chasís sin motor, bastidores y otras piezas de
repuestos n.e.p.
733-09-03
Carretas, carretillas, carretones, vagones,
vagonetas y otros vehículos similares sin motor, para carga (Toda
la subpartida)
733-09-06
Piezas de repuestos n.e.p., para todos los
vehículos especificados en esta partida
735-09-03
Otros barcos y botes n.e.p, incluso dragas
flotantes
811
Edificios prefabricados (Todo el Grupo, excepto la
subpartida 811-01-01)
812-02
Fregadores, lavabos, bidés, baños, inodoros,
bacinicas, escupideras, orinales, patos, jaboneras, toalleras,
regaderas y pitones para baños de ducha, y otros artículos
accesorios sanitarios de cerámica y otros materiales, excepto de
metal (Toda la partida)
812-03-00
Fregadores, lavabos, bidés, baños inodoros,
bacinicas, escupideras, orinales, patos, jaboneras, toalleras,
regaderas y pitones para baños de ducha y otros artículos y
accesorios sanitarios, de metal (esmaltados o no)
812-04-03
Lámpara eléctricas de mano, de pila o magneto
821-02-01
Muebles de metal para uso médico o quirúrgico
841-01-02
De fibras sintéticas, excepto rayón, puras o
mezcladas
841-01-05
De algodón, puro o mezclado (Toda la
subpartida)
861-01-01
Microscopio de toda clase, incluso los
electrónicos, y las lámparas designadas especialmente para usar con
microscopios
861-01-06-2
Con otras materias
861-01-07
Lentes graduados de Cristela, cuarzo o material
plástico, sin montar, para anteojos
861-01-08
Lentes y prismas graduados de cristal, cuarzo o
material plástico, sin montar para toda clase de instrumentos
incluso los espejos ópticos
861-01-09
Lentes de aumento, montados, y cuenta hilos
861-03-01
Termómetros clínicos
861-03-02
Jeringas y agujas hipodérmicas
861-09
Instrumentos de medición, de control y científicos,
n.e.p. (Todo la partida)
862-03-00
Productos químicos, incluso magnesio de la clase y
forma apropiados para usos fotográficos
891-02-02-2
Ex
Discos y cintas grabados con programas radiales
para radiodifusoras solamente
891-02-03
Ex
Discos y cintas para uso de radiodifusoras sin
grabar solamente
892-09-04
Tarjetas para máquinas estadísticas
892-09-10
Etiquetas, viñetas, bandas, tiras, envoltorios,
etc., de papel o cartón, impresos, grabados litografiados, anillos
para cigarros y artículos similares (Toda la subpartida)
892-09-12-1
Almanaques de toda clase, en folletos
899-01-03
Comprimidos, pastillas, clavos o mechas fumantes,
para ahuyentar o matar insectos
899-05-01
Botones de toda clase, excepto de metales preciosos
y piedras preciosas, formas sin terminar para botones
899-05-02
Ex
Broches a presión solamente
899-11
Artículos hechos de materiales plásticos, n.e.p.
(Toda la partida excepto el inciso 899-11-03-6)
899-13-02
Brochas y pinceles par pintar
899-13-02
Cepillos de dientes
899-17-01
Tinta de toda clase, excepto para imprenta
899-17-04-2
Crayones y minas par lápices o lapiceros
899-17-08-1
Cintas para máquinas de escribir y similares, con o
sin carretes
899-99-02
Frascos y botellas, termos y otros recipientes al
vacío, completos; repuestos para los mismos, excepto las ampollas
de vidrio interiores
899-99-06
Cierres relámpagos (Zippers)
921-09-01
Abejas
921-09-03
Animales vivos n.e.p. no destinados a la
alimentación
Arto. 5.- Clasifican como de Tercera Categoría todos los
demás artículos o mercaderías de importación comprendidos en el
Código Arancelario de Importaciones que no aparecen incluidos en
las Listas Número Uno y Dos que se detallan en los artículos 1 y 4
que anteceden.
Arto. 6.- Se fija en el 100% del valor total (CIF) de cada
importación, calculado en moneda extranjera, el equivalente en
córdobas que deberán depositar los importadores, en el Banco
Nacional de Nicaragua o en cualquier otro Banco autorizado,
previamente a la obtención del registro de cada pedido de las
mercaderías clasificadas en Segunda y Tercera Categorías.
Arto. 7.- Quedan sin valor ni efecto las clasificaciones de
mercaderías de importación y los porcentajes de depósito previo,
establecidos en Decreto No. 3 de 15 de Julio de 1955 y en decretos
posteriores modificativos del mismo, todos los cuales quedan
derogados por el presente Decreto.
Arto. 8.- Este Decreto entrará en vigor desde el día de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., diez y seis de abril de
mil novecientos cincuenta y ocho.- LUIS A. SOMOZA D.- El
Ministro de Estado en el despacho de Economía, Enrique
Delgado.
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