Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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MODIFÍCASE ARTO. 5º DEL
REGLAMENTO DE LA ORDEN NACIONAL MIGUEL LAREYNAGA DE 16 DE
SEPTIEMBRE DE 1968
DECRETO EJECUTIVO No. 1. Aprobado el 15 de Febrero de
1972.
Publicado en La Gaceta No. 125 del 6 de Junio de 1972.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No.
1491, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 211. del lunes
16 de Septiembre de 1968.
DECRETA:
ÚNICO: El artículo 5º del Reglamento de la Orden Nacional
Miguel Larreynaga se leerá así:
EL GRAN COLLAR, a los Jefes de estado.
LA GRAN CRUZ, a Presidentes de Poderes del Estado;
Vicepresidentes de la República; Ex-Jefes de Estado; Ministros y
Vice-Ministros de Estado; Embajadores; Generales de División;
Mayores Generales y Directores de Protocolo.
GRAN OFICIAL, a los Miembros del Poder Legislativo;
Magistrados; Enviados Extraordinarios y Ministros
Plenipotenciarios; Presidentes de Entes Autónomos; Rectores de
Universidad; Ministros Consejeros de Embajada y Generales de
Brigada.
ENCOMIENDA, a Encargados de Negocios; Subdirectores de
Protocolo; Consejeros de Embajada; Directores Generales de
Organismos del Estado; Catedráticos de Universidad; Coroneles y
Tenientes-Coroneles.
OFICIAL, a Secretarios de Embajada; Cónsules Generales;
Altos Funcionarios; Directores de Institutos de Servicio Público;
Miembros del Magisterio; Mayores y Capitanes.
CABALLERO, a Adjuntos de Protocolo; Agregados de Embajada;
Cónsules; Vice-Cónsules; Tenientes; Sub-Tenientes y
Particulares.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 15 de Febrero de
1972.- A. SOMOZA.- EL MINISTRO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
RELACIONES EXTERIORES.- LORENZO GUERRERO.
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