Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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MODIFICACIÓN DEL DECRETO No.
22-94 ARANCEL TEMPORAL DE PROTECCIÓN
DECRETO No. 47-94, Aprobado el 7 de Noviembre de 1994
Publicado en La Gaceta No. 211 del 10 de Noviembre de 1994
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que mediante Decreto No. 22-94 del Diecinueve de Mayo del corriente
año, el Gobierno de la República creó el Arancel Temporal de
Protección (ATP), el cual entró en vigencia el 1ro. de Julio de
1994.
II
Que es necesario desgravar una serie de mercancías que actualmente
no se producen en el país, en tanto que es conveniente proteger la
producción de otras mercancías que no fueron consideradas en el
Decreto No. 22-94.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
MODIFICACIÓN DEL DECRETO No. 22-94 ARANCEL TEMPORAL DE
PROTECCIÓN
Artículo 1.- Modificar el Anexo No. I del Decreto No. 22-94,
ARANCEL TEMPORAL DE PROTECCION (ATP) de acuerdo al siguiente
detalle:
Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 211 del 10 de noviembre de
1994, páginas de la 3858 a la 3862.
Artículo 2.- Estas disposiciones se comunicarán a los
Gobiernos Centroamericanos y a la SIECA a efecto de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen
Arancelario y Aduanero Centroamericano.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los siete
días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
NICARAGUA.
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