Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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MODIFICACION DE UN GRAVAMEN
Decreto Ejecutivo No.30 Aprobado el 30 de Enero de
1956
Publicado en La Gaceta No.31 del 7 de Febrero de 1956
El Presidente de la República
A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las
facultades que le concede el Arto. 23 del Código Arancelario de
Importaciones,
Decreta:
Artículo 1º .- Modifícase el gravamen de los artículos
comprendidos bajo incisos 863-01-001 y 863-00-2 del Código
Arancelario de importaciones, así:
Específico Ad-Valorem
1. Películas cinematográficas
Impresionadas,estén o no
Reveladas&.
863-01-00-1 Para fines instructivos y de
Propaganda científica Libre Libre
863-01-00-2 Para otros fines C$0.40 10%
Artículo 2º.- Modifícase el texto del inciso 892-09-11-1
del Código Arancelario de Importaciones y el gravamen en él
señalado.
Dicho inciso se leerá como sigue:
Especifico Ad-Valorem
992-09-11-1 Catálogos de cualquier clase
Y folletos de instrucciones para
El maneto de cualquier clase
De maquinarias, vehículos o
Artefactos; y material de
Propaganda de películas cine-
Mato gráficas Libre Libre
Artículo 3º .- Esta ley empezará a regir desde su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D.N., a los treinta días del
mes de Enero de mil novecientos cincuenta y seis. (f) A. SOMOZA,
Presidente de la República. (f) Rafael A. Huezo, Ministro de Estado
en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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