Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(MODIFICACIÓN DE
CONSEJO)
DECRETO No. 54-98. Aprobado el 26 Agosto 1998.
Publicado en La Gaceta No. 167, de 4 de Septiembre de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
Artículo 1.- Se Reforma el Decreto 46-98, publicado en La
Gaceta Diario Oficial número 117 del 24 de Junio de mil novecientos
noventa y ocho en la siguiente forma: El numeral 5 del artículo 4
se leerá así:
"Un Representante designado
anualmente por los Organismos Cooperantes que contribuyan al
Fondo".
Artículo 2.- Se suprime el primer párrafo del artículo
4.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en "La Gaceta, Diario Oficial".
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiséis de
Agosto de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN
LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO
MONTEALEGRE RIVAS.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
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