Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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LIMÍTASE LA EMISIÓN DE
BILLETES
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 26 de Agosto de 1908
Publicado en La Gaceta No. 105 del 8 de Septiembre de 1908
El Presidente de la República,
Considerando conveniente á los intereses fiscales, en vista de las
probabilidades de la consecución del empréstito que actualmente se
negocia en Lóndres, limitar la emisión de billetes decretada el 2
de noviembre de 1907:
Decreta:
1º.-Limítase á un millón setecientos cincuenta mil pesos la
emisión de billetes referida, con las que se cambiarán los billetes
de emisiones anteriores que se hallen en mal estado.
2º.- Derógase el Decreto de 2 de noviembre de 1907.
3º.- El Ministro de Hacienda se encargará del cumplimiento
de este decreto.
Dado en Managua, á 26 de agosto de mil novecientos ocho- J. S.
Zelaya- El Ministro de Hacienda y Crédito Público.- Ernesto
Martínez.
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