Ley Derogatoria De Los Tribunales Populares Antisomocistas

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - LEY DEROGATORIA DE LOS TRIBUNALES POPULARES ANTISOMOCISTAS Decreto No. 296 de 19 de Enero de 1988 Publicado en La Gaceta No. 13 de 20 de Enero de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Considerando: I Que es voluntad del Gobierno de Nicaragua dar todos aquellos pasos que dentro de los compromisos suscritos por los Presidentes de las Repúblicas de Centroamérica en su declaración del 7 de Agosto de 1987, emitido en la ciudad de Guatemala, y la suscrita en Alajuela, Costa Rica, el 16 de Enero de 1988, lleven a una efectiva concreción de la paz y a terminar con la agresión que sufre nuestra patria, dirigida y organizada por el Gobierno de los Estados Unidos. Por Tanto: En uso de sus facultades, Decreta: Arto. 1.- Se deroga el Decreto 1233 del 11 de Abril de 1983 (Ley de Tribunales Populares Antisomosistas). Arto. 2.- Las causas que estén siendo conocidas por dichos Tribunales, pasan por Ministerio de esta Ley, a los Tribunales Ordinarios Competentes. Arto. 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de Enero de mil novecientos ochenta y ocho.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República. -