Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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LEY DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE
DE ALIMENTOS BÁSICOS (ENABAS)
Decreto No. 346 de 18 de Abril de 1988
Publicado en La Gaceta No. 85 de 6 de Mayo de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades,
Decreta:
Arto. 1.- La Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos
(ENABAS), creada como empresa estatal por Decreto No. 82 del 19 de
Septiembre de 1979, publicado en "La Gaceta", No. 15 del 21 del
mismo mes y año dependiente del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena
capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones; actuará
como entidad descentralizada y agente comprador y vendedor
discrecional del Estado de bienes de consumo básico y otros, en el
mercado interior.
Arto. 2.- La Empresa ejercerá sus actividades bajo la
dirección y control de una Junta Directiva integrada por cinco
miembros vinculados con la producción y comercialización de estos
productos designados por el Ministro de Economía, Industria y
Comercio, quien la presidirá.
Arto. 3.- Corresponde a la Junta Directiva emitir todas las
disposiciones, acuerdos y reglamentos, para la administración y
desarrollo de sus actividades.
Arto. 4.- Habrá un Director Ejecutivo nombrado por la Junta
Directiva, quien tendrá las facultades de un mandatario general de
administración, además de otras que le confiera expresamente dicha
Junta Directiva.
Arto. 5.- El presente Decreto deroga el No. 484 publicado en
La Gaceta No. 187 del 16 de Agosto de 1980 y cualquier disposición
que se le oponga, y entra en vigencia a partir de su divulgación
por cualquier medio,sin perjuicio de su posterior publicación en
"La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Abril
de mil novecientos ochenta y ocho. "Por una Paz Digna, ¡Patria
Libre o Morir!" Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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