Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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LEY DE EXTINCIÓN DE IRENA E
INTEGRACIÓN DE SUS FUNCIONES AL MIDINRA
Decreto No. 336 de 6 de Abril de 1988
Publicado en La Gaceta No. 65 de 8 de Abril de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades,
Decreta:
Arto. 1.- Se cancela la personalidad jurídica del Instituto
Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente (IRENA) creado
por el Decreto No. 56 del 24 de Agosto de 1979.
Arto. 2.- Las funciones y atribuciones otorgadas al
Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente en los
Decretos Nos. 56 de 1979 y 112 de fecha 9 de Octubre del mismo año,
serán asumidas por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y
Reforma Agraria (MIDINRA).
Arto. 3.- El Estado Nicaragüense será sucesor sin solución
de cantidad de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones
del Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente,
cuya administración ejercerá el Ministerio de Desarrollo
Agropecuario y Reforma Agraria (MIDINRA).
Arto. 4.- Se autoriza a los Registradores Públicos de la
Propiedad Inmueble, Aeronáutica Civil y Registro de Naves Marinas,
para llevar a efecto las respectivas inscripciones a nombre del
Estado Nicaragüense, de los bienes que se encuentren a nombre del
Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del Ambiente
(IRENA), con la sola presentación de la solicitud del Ministerio de
Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria.
Arto. 5.- En toda ley, reglamento o disposición en que se
haga mención al Instituto Nicaragüense de Recursos Naturales y del
Ambiente (IRENA), deberá entenderse Ministerio de Desarrollo
Agropecuario y Reforma Agraria (MIDINRA).
Arto. 6.- EL presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Abril de
novecientos ochenta y ocho. "Por una Paz Digna, ¡Patria Libre o
Morir!" Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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