Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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LEY CREADORA DEL CONSEJO
NACIONAL DE CULTURA
Decreto No. 428 de 30 de Marzo de 1989
Publicado en La Gaceta No. 61 de 3 de Abril de 1989
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
La siguiente:
Ley de Creación del Consejo Nacional de Cultura
Arto. 1.- Se crea el Consejo Nacional de Cultura como
organismo Superior de Consulta de la Presidencia de la República,
el cual tiene por objeto analizar y elevar las recomendaciones a la
presidencia sobre las políticas generales y planes globales en el
Sector Cultura.
Arto. 2.- El Presidente del Consejo Nacional de Cultura será
nombrado por el Presidente de la República.
Arto. 3.- Para el mejor funcionamiento se crean los Consejos
Regionales de Cultura, los que estarán presididos por los Ministros
Delegados de la Presidencia en cada Región.
Arto. 4.- La Secretaría del Consejo Nacional de Cultura será
ejercida por el Director General del Instituto de Cultura.
Arto. 5.- El Presidente, podrá invitar a participar en las
reuniones del Consejo a representantes de otras entidades afines a
la Cultura Nacional.
Arto. 6.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva,
sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los 30 (treinta) días del mes de
Marzo de mil novecientos ochenta y nueve. "Año del Décimo
Aniversario".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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