Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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LA TRANSMISIÓN DE
PODER
ACTA No. 1, Aprobada el 01 de Enero de 1933
Publicada en La Gaceta No. 01 del 03 de Enero de 1933
En la ciudad de Managua, a las nueve y media de la mañana del
primero de enero de mil novecientos treinta y tres. Reunido el
Congreso Nacional de Nicaragua en Sesión Solemne con asistencia del
Cuerpo Diplomático y Consular, con el fin de dar posesión de sus
cargos a los señores doctores Juan Bautista Sacasa y Rodolfo
Espinosa R., electos Presidente y Vicepresidente de la República
respectivamente, para el período que principia en esta fecha y
termina en treinta y uno de diciembre de mil novecientos treinta y
seis, los dos en el ejercicio de sus derechos, mayores de treinta
años de edad, del estado seglar, naturales de Nicaragua, con
domicilio y residencia en esta ciudad de Managua y ambos médicos y
cirujanos, procedí a tomarles el juramento de ley en la forma
siguiente: Juráis ante Dios, observar la Constitución y las leyes,
respetar los derechos y las libertades del pueblo y de los
ciudadanos y cumplir fielmente y a conciencia los deberes del cargo
que os ha conferido? Los doctores Sacasa y Espinosa R.,
contestaron: Si Juro. A continuación les reproduje:Si así lo
hiciereis, la República os premie; y si no, ella os haga
responsable. Leída que les fue la presente acta, la encontraron
conforme, la ratifican y la firman conmigo y junto con los señores
Secretarios del Congreso que autorizan, quedando los señores
juramentados en posesión de sus respectivos cargos. Modesto
Armijo. Juan B. Sacasa. Rod. Espinosa R. J. Román González.
Alejandro Astacio.
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