Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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INGRESO DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA A LA U.P.E.B. E INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN
DE LA ADHESIÓN A SU CONVENIO CONSTITUTIVO
DECRETO No. 131, Aprobado el
31 de Octubre de 1979
Publicado en La Gaceta No. 46 del 01 de Noviembre de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Por Cuanto:
I
Con fecha 11 de agosto de 1979, de conformidad con los principios
del Programa de Gobierno de Reconstrucción Nacional, Nicaragua
solicitó el ingreso a la Unión de Países Exportadores de Banano
(UPEB).
II
La V Conferencia de Ministros de la Unión de Países Exportadores de
Banano, reunida en Panamá el 20 de agosto de 1979, acordó por
unanimidad aceptar a la República de Nicaragua en dicha
organización.
III
El Convenio Constitutivo de la Unión de Países Exportadores de
Banano establece en sus artículos 37 y 38 que para ser miembro
pleno de la UPEB el país solicitante del ingreso debe ratificar su
solicitud de adhesión a dicho Convenio Constitutivo.
Decreta:
Artículo 1.- Ratifícase la adhesión de la República de
Nicaragua al Convenio Constitutivo de la Unión de Países
Exportadores de Banano y con ello la solicitud de ingreso a dicha
organización.
Artículo 2.- El presente DECRETO entrará en vigencia desde
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de
octubre de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la Liberación
Nacional".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Violeta B. de
Chamorro. - Sergio Ramírez Mercado. - Alfonso Robelo Callejas. -
Moisés Hassan Morales. - Daniel Ortega Saavedra.
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