Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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INCENTIVOS FISCALES A LOS
SECTORES AGROPECUARIO, AGROINDUSTRIAL E INDUSTRIAL
Decreto No. 14-92 Aprobado el 28 de Febrero de 1992
Publicado en La Gaceta No.40 de 28 de Febrero de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua,
Considerando:
I
Que es necesario estimular a las empresas industriales,
agroindustriales y agropecuarias que deseen reponer o sustituir, su
maquinaria o equipos industriales para aumentar su producción, así
como las empresas que vayan a iniciar esas actividades productivas.
ll
Que el estímulo con incentivos fiscales a los sectores
agropecuario, agroindustrial e industrial, contribuirá a la
recuperación de su nivel competitivo ante el mercado externo.
III
Que es oportuno crear condiciones favorables para la transición de
la Estabilización Económica al Ajuste Estructural.
Por tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Ha
Dictado:
El siguiente Decreto de:
INCENTIVOS FISCALES A LOS SECTORES AGROPECUARIO, AGROINDUSTRIAL
E INDUSTRIAL
Artículo 1.- Exonerar hasta el 31 de Diciembre de 1992 del
Impuesto General al Valor las importaciones de maquinarias y
equipos así como los repuestos de uso industrial, agroindustrial o
agropecuario, realizadas por el beneficiario y que éste los destine
a la actividad productiva de su empresa.
Artículo 2.- Se faculta al Ministerio de Finanzas para
extender los plazos fijados en el Arto. 1 de este Decreto y dictar
Acuerdos Ministeriales en la aplicación del mismo.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintiocho días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y
dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
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