Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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HABRÁ INSTITUTO FORESTAL
LATINOAMERICANO
NO. 6, Aprobado el 16 de Septiembre de 1960
Publicado en La Gaceta No. 221 del 28 de Septiembre de 1960
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Primero:- Adherise al Acuerdo para el Establecimiento, con
carácter permanente y bajo los auspicios de la Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, de un
Instituto Forestal Latinoamericano de Investigación y Capacitación,
aprobado por la Conferencia de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el 18 de Noviembre de
1959.
Segundo:- Expídese el correspondiente Instrumento de
Adhesión para ser depositado ante el Director General de la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y
Alimentación, de conformidad con el Artículo XV del mencionado
Acuerdo.
Comuníquese .- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional,
dieciséis de Septiembre de mil novecientos sesenta.- LUIS A.
SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, por la Ley, Ignacio Román Pacheco.
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