Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
-
GOBIERNO DARÁ TÍTULOS DE
CIRUJANO DENTISTA
DECRETO No. 03, Aprobado el 9 de Enero 1961
Publicado en La Gaceta No. 29 del 3
de Febrero de 1961
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que conforme Decreto Ejecutivo No. 7 del día 4 de Mayo de 1954 fue
creada la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de
Nicaragua, y aprobado su Plan de Estudios para optar al Título de
Doctor en Odontología;
Considerando:
Que las actuales exigencias académicas en los Centros de estudios
superiores de América Latina señalan como título para la carrera de
Odontología el de Cirujano-Dentista;
Considerando:
Que se hace necesario reformar la denominación de los títulos que
el Estado expide a los graduados de la carrera en Odontología para
armonizar su nomenclatura con el Diploma que otorga la Universidad
Nacional de Nicaragua;
Decreta:
1.- Que el título que el Estado expedirá a los graduados en
la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional, será el de
Cirujano-Dentista.
2.- Se deja sin efecto el Título de Doctor en Odontología
que fue acordado en Decreto Ejecutivo No. 7 del 4 de mayo de 1954
para los graduados en la Facultad de Odontología de la Universidad
Nacional de Nicaragua.
3.- El presente Decreto surte efectos de ley, a partir de
esta fecha.
Comuníquese.- Publíquese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 9 de
Enero de 1961.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Educación
Pública, René Schick.
-