Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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FIJASE PRECIO ALCOHOL ESPECIAL A
RAZON DE C43.75
Decreto Ejecutivo No.2 Aprobado 16 de Julio de 1964
Publicado en La Gaceta No.162 del 18 de Julio de 1964
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Decreta:
Artículo 1.- Modifícase el Arto. 2 del Decreto No.14, de 15
de Mayo de 1961, el cual se leerá así:
Arto 2.- Fíjase el precio de venta del alcohol especial
Bi- rectificado, a razón de Tres Córdobas y Sesenta y Cinco
Centavos (C$3.75)
Artículo 2.- El presente Decreto empezará a regir desde
el día uno de Agosto próximo.
Dado en Casa Presidencial. Managua, D.N., a los dieciséis días
del mes de Julio de mil novecientos sesenta y cuatro. (f) RENE
SCHICK, Presidente de la República. (f) Ramiro Sacasa Guerrero,
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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