Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
-
FEBRERO 21 PRINCIPIA LA
CIRCULACIÓN DE TIMBRES RESELLADOS, PARA CORREO AÉREO
DECRETO No. 80, Aprobado el 11 de Febrero 1961
Publicado en La Gaceta No. 42 del
18 de Febrero de 1961
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Artículo 1.- Señalase el 21 del mes en curso como el Primer
día de la circulación del Resello de los Timbres Consulares en
desuso para su empleo como estampillas de Correo Aéreo de C$ 0.20,
ordenado por Acuerdo No. 49 del 9 de Enero recién pasado.
Artículo 2.- Este Decreto comenzará a regir desde su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los once días del mes
de Febrero de mil novecientos sesenta y uno.- LUIS A. SOMOZA
D., Presidente de la República.- (f) Karl J. C. H-
Hueck, Ministro de Hacienda y C. P.
-