Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
FACULTADES AL MINISTERIO DE
INDUSTRIA COMO AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DEL CONVENIO
CENTROAMERICANO DE INCENTIVOS AL DESARROLLO INDUSTRIAL
Decreto No. 899 de 4 de diciembre de 1981
Publicado en La Gaceta No. 285 de 15 de diciembre de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA.
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Para los efectos de la aplicación y en razón de
la materia de que trata el Convenio Centroamericano de Incentivos
al Desarrollo Industrial y Leyes Nacionales conexas con el
desarrollo industrial, señálase al Ministerio de Industrias como la
Autoridad Administrativa Nacional que tendrá las facultades que le
otorgan las disposiciones legales en referencia.
Artículo 2.-El presente Acuerdo reforma cualquier
disposición administrativa que se le oponga.
Artículo 3.-El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de
la fecha de su comunicación por cualquier medio de comunicación
colectiva sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta",
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de
diciembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIEPNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
-